Tal como lo adelantó al momento de asumir y cuando abrió las sesiones ordinarias del Congreso, el presidente Alberto Fernández modificó la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 y le quitó a los espías de la AFI (ex SIDE) facultades que Mauricio Macri les había conferido.
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En concreto, se trata de una excepción que les permitía “participar como auxiliares de la justicia en las investigaciones criminales” y que, según el nuevo Gobierno, permitió “generar y retroalimentar vínculos espurios desarrollados entre organismos de inteligencia y algunos sectores del sistema de justicia”.
La medida se complementa con la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia, ya dictada, y la eliminación de los llamados “fondos reservados”. Y busca promover “avances respecto de la protección de derechos constitucionales y convencionales de los habitantes de la Nación, el resguardo del Estado de Derecho y el principio republicano de gobierno consagrados en la Constitución Nacional”.
A partir de la entrada en vigencia de la modificación, ningún organismo de inteligencia podrá “realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal”, indicó Télam.
La agencia estatal consignó más restricciones. Los espías no podrán:
- Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción.
- Influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
- Revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial.
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