Tras permanecer nueve días detenida en la cárcel- 5 de ellos en una alcaldía y 4 en el penal de Ezeiza, la funcionaria del ministerio de las Mujeres de la provincia, Alexia Abaigar, tendrá el beneficio de la prisión domiciliaria.
En el día en que diputados de Unión por la Patria denunciaron por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones a la jueza federal Sandra Arroyo Salgado, la justicia ordenó el traslado a una vivienda para una de las acusadas por el escrache en la casa del diputado libertario José Luis Espert.
La militante permaneció varios días en la cárcel pese a padecer una enfermedad autoinmune, algo que la defensa hizo especial hincapié en su pedido y que la justicia demoró hasta conocer la posición del abogado del particular damnificado.
Pese a aceptar la solicitud, Arroyo Salgado ordenó que la joven militante sea monotoreada con una tobillera electrónica.
¿Qué se sabe de la investigación judicial?
Las detenciones ordenadas por la justicia federal generaron un amplio debate jurídico y político. ¿Existió una organización para imponer o combatir ideas a través del uso de la fuerza o el temor como sugiere la justicia? ¿Se trató de una simple contravención municipal y hubo irregularidades? ¿Hay una campaña de persecución político- judicial como denuncia el peronismo?
En el caso de Alexia Abaigar, el delito que se le imputa se refiere a lo normado por el artículo 213 bis del código penal.
El mencionado artículo se refiere a la “creación y participación en agrupaciones con fines de imponer ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor” y también hace alusión al artículo 210 que tipifica a la “asociación ilícita”- es una especie dentro del género-.
Este delito, que incluso se asocia a “delitos contra el terrorismo” contrasta con la idea planteada por la defensa de Alexia Abaigar, a cargo del abogado Daniel Llermanos, quien considera que se trata “una simple infracción municipal por ensuciar la vereda de alguien y poner un pasacalle ocupando el espacio público sin autorización no constituye delito”.