El Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N° 4 hizo lugar a una medida cautelar para frenar el vertido de líquidos cloacales sin tratamiento en la cuenca del Río de La Plata, y recomponer el daño ambiental generado en lo que refiere a las costas de La Plata, Berisso y Ensenada.
La medida fue dispuesta por el juez Alberto Recondo a petición de la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP, quien lleva a cabo una demanda a fin de prevenir y recomponer el daño ambiental en el Sistema Ecológico integrado por el Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo el Gato.
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Se trata de los efluentes cloacales, provenientes de la planta de ABSA, de la localidad de Ringuelet, y los residuos sólidos urbanos, vertidos a la cuenca hídrica como consecuencia de acciones y omisiones de la Municipalidad de La Plata y la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, el juez resolvió ordenarle a la Provincia y a la Municipalidad de La Plata que instalen barreras flotantes de contención y extracción, sobre el Arroyo el Gato, a fin de facilitar el retiro de los residuos sólidos del curso hídrico.
Además, le exigió a la Provincia y a ABSA a que presenten un plan provisorio para evitar los efectos perjudiciales del vuelco de líquido cloacal sin tratamiento, y compromete al Estado nacional a ser responsable de los medidas solicitadas.
También en el marco de la medida cautelar, tanto el gobierno bonaerense como los municipios de La Plata, Berisso y Ensenada deberán un relevamiento de toda la extensión de arroyos y cuenca del Río de La Plata, “a fin de identificar todos los puntos a través de los cuales se produce con habitualidad, el vertido de sustancias contaminantes sólidas o líquidas al curso de agua, a través de actividades antrópicas legítimas o ilegítimas”.
De este modo, es una medida histórica para los vecinos y vecinas de la ribera rioplatense a la altura de La Plata, solicitada por un grupo de ensenadenses representados por la clínica de la univerisdad y el patrocinio de los abogados Anibal Falbo y Fernando Monticelli.
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