En el marco de la jornada de alegatos del juicio que se sigue por el intento de asesinato de la exvicepresidenta Cristina Kirchner, la fiscal general Gabriela Baigún pidió que Fernando André Sabag Montiel y Brenda Elizabeth Uliarte sean condenados a las penas de 15 y 14 años de prisión respectivamente.
En el caso del tercer imputado que había llegado a juicio, Gabriel Nicolás Carrizo, la representante del Ministerio Público Fiscal retiró la acusación y pidió su absolución al considerar que no conocía el plan para atentar contra la entonces vicepresidenta, según revela el sitio oficial Fiscales.Gob
El alegato fiscal se prolongó durante 10 horas y fue realizado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6, integrado por la jueza Sabrina Namer, Adrián Grünberg e Ignacio Fornari, en el marco de un debate que se inició el 26 de junio del año pasado.
Los elementos que ponderó fiscalía para pedir las penas a Sabag Montiel y Brenda Uliarte
Durante su invención, la fiscal dio por probada la responsabilidad de Sabag Montiel y Uliarte por el delito de “homicidio triplemente agravado por alevosía, por haber sido perpetrado mediante violencia de género en su modalidad de violencia política y por el empleo de un arma de fuego, en grado de tentativa”.
El hombre -que confesó el hecho en la primera audiencia del juicio-, fue señalado en calidad de autor y la mujer como partícipe necesaria.
Asimismo, en el caso de Montiel y en relación a la pistola con la que intentó cometer el homicidio -una Bersa, modelo Lusber 84, calibre .32-, la fiscalía le dio por acreditado también el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y receptación de un arma de fuego a sabiendas de su procedencia ilegítima, dado que su numeración había sido suprimida. En tanto, a Uliarte, se le retiró la acusación por el delito de tenencia y receptación de un arma de guerra, por el que también había sido acusada originalmente.
Baigún pidió que las penas solicitadas por este hecho se unifiquen en 19 años de prisión para Sabag Montiel y en 14 años y 2 meses para Uliarte, debido a las condenas previas que ambos tenían por causas que se desprendieron de la investigación por el atentado a Fernández de Kirchner.

Al iniciar su alegato, Baigún afirmó que “a través de todas las probanzas el 1° de septiembre del 2022, aproximadamente las 20.52, Montiel y Uliarte, de acuerdo con la decisión adoptada previamente por ambos, y con la finalidad de matar a la entonces vicepresidenta, se infiltraron entre las multitud que se había congregado frente a su domicilio ubicado en la intersección de las calles Juncal y Uruguay de esta ciudad, y simularon ser simpatizantes de la exvicepresidenta, para atentar contra la vida de ella”.
“Una vez que Sabag se encontraba a escasos centímetros de la Dra. Fernández de Kirchner, apuntó contra su rostro y gatilló en una oportunidad. El hecho no se consumó por motivos ajenos a su voluntad, ya que, pese a que accionó la cola del disparador, la bala no salió y, cuando se disponía a recargar nuevamente, fue interceptado por la multitud”, sostuvo.
Baigún indicó que diversos elementos probatorios acreditaron que entre ambos acusados “existió una planificación para llevar a cabo el atentado”.
El agravante de violencia de género
El Ministerio Público Fiscal también estuvo representado por la titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, quien expuso específicamente sobre el agravante de la violencia de género, que fue introducido por la fiscalía de juicio durante el debate.
Para la abogada, Cristina Kirchner fue víctima en su condición de mujer que ejerció la presidencia de la Nación en dos mandatos y la vicepresidencia en una oportunidad.
“¿Por qué se configura el agravante de femicidio? ¿Por qué está probada la violencia de género en un caso en el que a priori podría parecer que la relación jerárquica es contraria a la relación de género? Es que el orden patriarcal es tan potente que ese “Don Nadie” (como se autodenominó Sabag Montiel en su indagatoria) entiende que tiene la potestad y la obligación o el mandato de castigar a la mujer que no ocupa su lugar en la jerarquía de poder y de revertir esa situación que entiende anómala. Es decir, debe restablecer el sistema jerarquizado de género” sostuvo.

