Con el decreto 629/25, el presidente de la Nación, Javier Milei, avanzó con una nueva desregulación. Esta vez afecta solo a las paradas de diarios inscriptas en el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas. Desde ahora, van a poder brindar otros servicios, pero deberán dialogarlo con cada municipio.
Como primera medida, la administración libertaria derogó el Decreto 1025 que data del año 2000. Esa norma, que ya no tiene vigencia, regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública. Según indicaron, en la actualidad esta actividad “debe estar exenta de las restricciones del Estado nacional”. Esto incluye, por ejemplo, la disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas citado anteriormente.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que esto “devuelve a la competencia municipal la gestión del espacio público, que en esta dimensión había sido intervenida por el gobierno nacional”. De esta manera, ahora cada municipio deberá legislar esta materia para evitar la anarquía.
Más allá de esto, el decreto presidencial invita a los kioscos en cuestión a un nuevo negocio: el de los servicios postales. Efectivamente, con la nueva reglamentación podrán “prestar el servicio de casilla de correo” siempre y cuando se inscriban como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).
En concreto, si hacen el trámite correspondiente, los puestos podrán entregar correspondencia, tarjetas bancarias documentos y pasaportes, también paquetería o productos adquiridos por comercio electrónico.