Cuando se apaga la cámara, Luis Arias queda al borde del llanto. “Es fuerte revivir todo eso”, aclara, como si hiciera falta. “A veces me pregunto si todo esto valió la pena”, nos dice. Silencio. “La exposición mía, de mi familia. Lo que tengo que vivir ahora”, enumera. Una hora antes, el ahora suspendido juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata recibía al equipo de INFOCIELO.
“Mi intervención no fue penal”, aclara en primer lugar y no es para menos: esa discrepancia sobre las competencias es la que ahora lo tiene afuera del su juzgado a la espera que se resuelva su jury.
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Pero no se calla: “Yo no investigo delitos. La justicia penal ha tenido un papel muy deficiente porque no condenó a ningún policía por los delitos que sí denunciamos”. Luego dirá que está “seguro” de que su rol en ese momento fue determinante para que hoy esté apartado de su puesto.
“A partir de la actividad judicial que nosotros desarrollamos han aparecido numerosas irregularidades. Pero el rol principal que tuvimos fue determinar el número de víctimas de la inundación del 2 de abril de 2013”, sintetiza cuidando las palabras. Trata de no decir “investigación”.
“El Gobierno (de Scioli) anunció inicialmente 51 víctimas fatales. Nosotros logramos determinar, en una acción sumaria, dictando sentencia a un año de la inundación, 89 víctimas fatales y 16 dudosas, porque no hubo pruebas sufrientes para demostrar su deceso, aunque en mi fuero íntimo creo que lo son”, completa.
“Todos los días íbamos descubriendo nuevas víctimas que no estaban anotadas”, recuerda. Después de una semana de trabajo, el juez de garantías Guillermo Atencio planteó un conflicto de intereses y el expediente se fue a la Corte por 20 días. Luego el máximo tribunal le daría la razón Arias.
Sobre las dudas que aún persisten sobre eso, responde: “¿Es la totalidad de las víctimas? No lo sabemos. Es lo que yo pude comprobar”. Sobre el motivo y la importancia de su tarea, señala: “No es una cuestión aritmética, se trata del derecho a la verdad. El Gobierno defraudó a la confianza pública. Acá se trató de minimizar la tragedia”.
Las causas
El fallo de Arias sobre el número de víctimas llegó el 25 de marzo de 2014 en la causa “RODRIGUEZ SANDRA EDITH C/ PODER EJECUTIVO S/HABEAS DATA”. En el escrito, se enumeraban los 89 nombres en cuestión; y se condenaba al Poder Ejecutivo a divulgar la cifra por “los mismos medios de comunicación por los que dio a conocer la información inexacta” y a publicar la sentencia en el Boletín Oficial.
También se ordenaba al Registro de las Personas explicitar la causa de defunción y a corregir las actas ya labradas; y se exhortaba a la Legislatura, a la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, al PE y a la Unidad Fiscal a revisar todas las irregularidades detectadas.
Arias tuvo otras intervenciones. Por ejemplo, ordenó “cautelarmente a la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata a instrumentar procedimientos efectivos de participación ciudadana para el diseño de medidas positivas y toma de decisiones –vigentes, actuales y futuras- por parte de los organismos competentes, en todo lo referido a la situación de riesgo hídrico” de La Plata.
En otro expediente, dictaminó “formular e implementar un proyecto de relocalización destinado a las familias que habitan en la cuenca del Arroyo Maldonado y del Arroyo Del Gato”. La orden incluía “un hospedaje adecuado a las necesidades de cada grupo familiar sujeto a reubicación, con su consentimiento, de modo transitorio y hasta tanto se encuentre finalizado el proceso”.
Tras descubrir la existencia de un NN en el cementerio platense, Arias hizo lugar “a la acción de habeas data promovida por la Asociación Civil “Colectivo de Acción en la Subalternidad” (CIAJ) y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), contra la Provincia de Buenos Aires”
En ese marco, instó a la Gobernación a que “confeccione un protocolo de actuación que reglamente el ingreso, rotulación, documentación, disposición, entrega e inhumación o cremación de cadáveres y restos humanos que ingresen a la Morgue policial de La Plata, en función de estándares de legalidad, certeza y debida custodia”.
Hay que recordar que la UFI 8, de Jorge Paolini, avanza la causa penal por “estrago culposo”, iniciada, en la cual se buscan evidencias de comportamientos negligentes o directamente lesivos vinculados con la seguridad pública, con su agravante de su comisión desde el Estado. En esta investigación son particulares damnificados los asambleístas y dos funcionarios –uno municipal y otro bonaerense- irán a juicio en los próximos meses.
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