“A partir de esa fecha comenzará el plazo de 8 meses para que, de acuerdo a lo fijado en los convenios homologados por el Tribunal, se produzca el cierre definitivo del mencionado predio”, informó el comunicado difundido a la prensa.
Además, el máximo tribunal provincial, ordenó al CEAMSE que se abstenga de “realizar tareas de ampliación del módulo de relleno sanitario actualmente en operaciones o la construcción de uno nuevo”.
En los fundamentos de su resolución, la Corte destacó que desde hace más de tres años el Poder Ejecutivo debería haber resuelto el sitio adonde habrá de instalarse el o los nuevos Polos Ambientales que permitan el cese de operaciones del complejo de Punta Lara.
En ese sentido, la resolución de la Corte sostiene que “la intimación se efectúa con apercibimiento de la aplicación de sanciones conminatorias que deberán ser cumplidas por el titular del Poder Ejecutivo, en forma personal, y que se fijan en la suma 5.000 pesos por cada día de demora y de la responsabilidad penal que el incumplimiento pueda llevar aparejada”.