Según la iniciativa impulsada en el Senado de la Nación Argentina desde la oposición, todos los candidatos para todos los cargos deberían aceptar participar de los mismos en tiempos electorales.
Así como por ley se impulsó las internas obligatorias -léase Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO)-, ahora quieren que por ley se desarrollen los debates públicos obligatorios.
La senadora nacional María Eugenia Estenssoro presentó, junto con los senadores Norma Morandini y Luis Juez un proyecto de ley para que se regulen los debates en épocas electorales.
Al respecto, Estenssoro, señaló que “es imprescindible que exista un debate público abierto como requisito previo para cualquier elección de un representante a fin de que nuestra participación no sea meramente testimonial sino efectiva y plena de contenido”.
“Cada debate público contribuye -de forma significativa y concreta- al desarrollo democrático. En el mismo, todos los participantes nos ofrecen las propuestas alternativas que consideran más adecuadas y nos dan la facultad de valorar esas propuestas para, finalmente, darles o no nuestro respaldo a través del sufragio”, agregó.
Además, Estenssoro, señaló que “el derecho a la información sobre planes, plataformas y argumentaciones políticas es fundamental para el elector y el debate democrático descansa sobre su criterio alimentado por la presencia, en el espacio público, de esta información”.
“Por este motivo, a través de la presentación del proyecto de Debate Público Obligatorio, hemos intentado coadyuvar a dar un marco que aspire a regular -bajo el control de la Cámara Nacional Electoral- los debates públicos previos a cada contienda electoral a fin de garantizar una competencia equitativa entre los candidatos que sirva para dar a conocer sus propuestas y los temas que nos interesan como ciudadanos, al tiempo que haga posible, entre otras cuestiones, un cabal ejercicio del derecho al voto”, concluyó.
El proyecto incorpora esa obligación al artículo 64° del Código Nacional Electoral, y establece en su primer artículo que “los candidatos a ocupar cargos nacionales oficializados en los términos del Artículo 60º, deben participar en un debate público en el que expondrán al electorado las propuestas políticas de su agrupación”.
Según el proyecto, el debate debería realizarse siete días antes de la elección y ser transmitido por cadena nacional. El lugar y horario deberá ser determinado por la Cámara Nacional Electoral, e involucrará a los candidatos presidenciales y todos aquellos que encabecen las listas para cargos legislativos, por cada categoría.