Un duro revés judicial sufrió el municipio de Azul luego que la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata declarara inválida la “Tasa por Servicios Esenciales” que el intendente Nelson Sombra (kirchnerismo) aplicara durante el año 2024 y que generó gran polémica a nivel nacional.
La norma aplicó modificaciones en la ordenanza impositiva con el fin de ampliar el grupo de contribuyentes” – incluyendo a los inmuebles rurales” para equpararlos con los frentistas urbanos. El esquema estaba “segmentado” de acuerdo a la capacidad económica de cada tributario.
Ahora el tribunal no cuestionó el contenido de la tasa pero entendió que la ordenanza que fue aprobada sin la mayoría constitucional necesaria.
Según precisaron los camaristas, la ley exige que para crear o aumentar impuestos municipales se logre mayoría absoluta del total de integrantes de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes. En el caso de Azul, debían ser 19 votos afirmativos, pero solo hubo 17 representantes.
En ese contexto, advirtieron que no puede confundirse el quórum con la mayoría agravada requerida para sancionar válidamente un tributo. “Se trata de planos normativos distintos: el primero, asegura la constitución del órgano; el segundo, constituye el número mínimo de voluntades coincidentes que deben concurrir para poder sancionar válidamente una norma por parte del cuerpo legislante, exigencia que, por regla general, es la correspondiente a la mayoría absoluta de los presentes en la sesión” remarcaron.
Apelaciones revocó el fallo del Juzgado de Primera Instancia
La intervención de la Cámara marplatense se produjo por las respectivas apelaciones de los productores demandantes y del municipio de Azul.
El fallo de primera instancia del juez en lo Contencioso Administrativo de Azul, había declarado la “ilegitimidad” de la Tasa pero únicamente implicó la reducción de un 50% en el pago del tributo para los demandantes.
Mientras los productores reclamaron por la eliminación total del tributo, la Municipalidad buscaba que se revocara la decisión de primera instancia que había reducido la tasa y la aplicara en su totalidad. Pero como la Cámara terminó invalidando toda la tasa, ese planteo quedó sin materia para resolver.
Con la determinación de la Cámara de Apelaciones, se revoca la sentencia de primera instancia que solo había declarado ilegítima la mitad de la tasa y queda completamente inaplicable para los actores, por haberse aprobado sin la mayoría requerida.
¿Habrá un resarcimiento económico para los demandantes?
Según el contenido del fallo, no se fija un resarcimiento económico específico para los demandantes. El tribunal solo declara la invalidez de la tasa para los actores y, por lo tanto, su inaplicabilidad respecto de ellos.
Si los demandantes ya hubieran pagado total o parcialmente la tasa en 2024, la declaración de invalidez abre la vía para reclamar la devolución de lo abonado, pero el fallo no ordena expresamente la restitución de lo abonado.
Esto se debe a que la acción iniciada fue una pretensión declarativa de certeza, cuyo objetivo es que el juez diga si una norma es válida o aplicable, pero no incluye automáticamente condenas de pago.
De esta manera, los damnificados podrían reclamar administrativamente la devolución ante la Municipalidad o iniciar un juicio de repetición de tributos si no obtienen respuesta.
En tanto, al municipio de Azul aún le queda la instancia de apelación ante la Suprema Corte bonaerense.

