La Inteligencia Artificial (IA) “ha dejado de ser una tecnología emergente para transformarse en una herramienta ya incorporada“. Con estas palabras empieza el proyecto de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires para regular el uso de la IA en la labor judicial bonaerense. Actualmente, el proyecto está en etapa de consulta pública, pero ya deja en claro algunas cuestiones.
La intención del máximo tribunal, al menos de los tres integrantes que le quedaron, es que “magistrados, funcionarios, agentes, colegios profesionales, instituciones académicas y demás interesados” hagan observaciones y aportes al proyecto. Según se informó, esta instancia de participación va a permanecer abierta hasta el 7 de agosto.
El Reglamento para el desarrollo y uso responsable de la Inteligencia Artificial es un documento de 45 páginas que crea una autoridad de aplicación, la Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial que deberá abocarse específicamente a estos asuntos. Además, establece una serie de advertencias, exigencias y prohibiciones vinculadas a la IA en el ámbito judicial.

En términos generales, la Suprema Corte ratificó que “la función jurisdiccional es indelegable e insustituible”. Esto significa que “bajo ninguna circunstancia se puede delegar en una IA la toma de decisiones judiciales que impliquen la resolución del proceso o procedimiento administrativo, la valoración de pruebas o la construcción del razonamiento jurídico que fundamenta una resolución o sentencia“.
Otra de las definiciones destacadas del máximo tribunal es que “el uso de herramientas de IA no exime de su plena responsabilidad al operador judicial“. De esta manera, le está diciendo a los funcionarios que, más allá de la responsabilidad que pudiera tener el proveedor de la herramienta, son ellos quienes deben “ejercer un control sustantivo, efectivo y documentado” de la IA que utilicen.
De esta manera, el Poder Judicial bonaerense intenta ponerse al corriente de las últimas tecnologías, algo que el Poder Ejecutivo hizo en noviembre del año pasado. Cabe aclarar que hasta que no se apruebe la versión definitiva del reglamento su contenido es “orientador y no vinculante”, informaron desde el máximo tribunal.

