Además, la norma prohíbe las denominadas listas espejos o colectoras en la elección general, fija que la participación de los ciudadanos en las elecciones internas de los partidos es obligatoria, y establece que los candidatos que pierdan la interna no podrán participar en las elecciones generales.
En tanto, quienes tampoco podrán participar en los comicios generales serán los partidos políticos que no sumen el 1,5 por ciento de los sufragios positivos.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo Provincial vetó el aumento del número de legisladores bonaerense que preveía esa norma.

