El escenario político y judicial en torno a la figura de Cristina Kirchner sigue generando discusiones técnicas sobre el alcance real de su condena y la inhabilitación para ejercer cargos públicos emanada de la Justicia. Mientras buena parte del arco político y mediático da por sentada la imposibilidad de que la expresidenta vuelva a figurar en una boleta electoral, miradas desde el derecho constitucional sugieren aristas no exploradas sobre la distinción entre el derecho a la postulación y el ejercicio efectivo de la función pública.
Durante su participación en el ciclo Parecemos Buenos Amigos, emitido por INFOCIELO PLAY y LA CIELO 103.5, el abogado y analista Santiago Bertamoni expuso un planteo que sacudió las lecturas habituales de la grieta. Con un argumento centrado en los principios rectores del derecho penal y la doctrina de las garantías individuales, Bertamoni afirmó que la condena vigente no le impide a la exmandataria competir en las urnas y detalló las vías legales que podrían habilitar su eventual asunción.
Candidata sí, funcionaria no: la distinción entre competir en las urnas y asumir el cargo
Al analizar la situación procesal de Cristina Kirchner tras el fallo que confirmó su condena e inhabilitación, Bertamoni diferenció dos momentos jurídicos que habitualmente se homologan en la discusión pública: el derecho a presentarse como candidata en una elección y la condición habilitante para asumir formalmente un cargo estatal.
“Cristina Fernández de Kirchner está condenada; después habrá que discutir la regularidad del proceso, pero en principio el proceso se cerró con una resolución de la Corte”, señaló el especialista. Sin embargo, remarcó que la inhabilitación no cercena de forma automática el acto de la postulación electoral: “No puede ser funcionaria pública, está inhabilitada; pero para mí eso no significa que no pueda ser candidata. Hoy con la ley vigente no puede asumir, pero candidata puede ser”.
Desde un punto de vista estrictamente político, contemplar esta salida jurídica implica transforma a CFK en “gran electora”, con capacidad de arrastrar votos para ungir a un vice que eventualmente -en caso de obtener la victoria en las urnas- quedaría automáticamente en la primera línea del poder.
El principio de la ley penal más benigna y un “caminito” de resolución
En su argumentación, Bertamoni introdujo un principio rector del derecho sustantivo: la aplicación irrestricta de la ley penal más benigna frente a eventuales reformas legislativas que el Congreso de la Nación pudiera sancionar en el futuro.
“Si mañana el Congreso dicta una ley penal que achica la condena de inhabilitación, capaz que ya tiene cumplido el plazo y esa ley penal se la tenés que aplicar retroactivamente”, explicó el abogado. Para ilustrar este concepto, planteó la analogía con cualquier otro ciudadano o profesional inhabilitado: “Si a un escribano condenado por un delito le aplican inhabilitación para ser funcionario público y luego reducen la escala penal de la inhabilitación, le aplican la ley penal más benigna y puede volver a ser candidato”.
Bajo esta premisa, Bertamoni concluyó que existe un camino normativo en caso de que la expresidenta resulte electa: “Si gana no va a poder asumir, salvo que el Congreso dicte una ley que achique los plazos; hay un caminito ahí porque la ley penal más benigna es un principio rector”.
“No soy cristinista”
Para despejar especulaciones partidarias, el especialista enfatizó su total ajenidad ideológica con el kirchnerismo, marcando que el respeto a las reglas de juego y a las garantías procesales debe regir para todos los ciudadanos sin importar su color político.
“Si hay algo que te puedo asegurar es que no soy cristinista. Me cuesta encontrar alguna cosa que haya hecho bien, pero no te estás parando sobre la persona sino sobre la ley, y esto hay que respetárselo”, aseveró Bertamoni.
En ese sentido, comparó el valor de las garantías constitucionales con el antecedente histórico de la vuelta a la democracia: “Raúl Alfonsín le permitió a Videla defenderse en un juicio; ¿hay algo más atroz que los delitos que se cometieron en la dictadura? Sin embargo, se le respetó el derecho a defensa. Por mí que compitan y que gane el que tenga que ganar electoralmente”.


