El proceso judicial para expropiar la casa de Ricardo Barreda, donde ocurrió la masacre, ubicada en calle 48 N° 809 entre 11 y 12 en La Plata registró un avance decisivo en el fuero contencioso administrativo. Luego del fallo dictado por la alzada que apartó de la sucesión a dos sobrinos de la esposa del femicida, la representación de otros cuatro herederos solicitó la continuidad del expediente.
La presentación formal ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 3 busca habilitar la etapa probatoria para definir el monto indemnizatorio que debe abonar el Estado bonaerense. El Fisco provincial pretende pagar la valuación fiscal de la propiedad, mientras que la parte querellante exige el precio de mercado.
El pedido para abrir la causa a prueba y definir la expropiación
El abogado Gustavo Rapalini, en representación de cuatro herederos de las víctimas del cuádruple femicida Ricardo Barreda, pidió abrir la causa a prueba. En su escrito judicial ante el juzgado platense, el profesional sostuvo que la controversia previa quedó resuelta por la alzada y que el trámite no presenta otros obstáculos procesales.

La apertura a prueba constituye una instancia legal que permite producir y reunir elementos para certificar los puntos bajo litigio. En este juicio de expropiación directa promovido en 2013, esta fase resulta clave para determinar las características del inmueble, los derechos sobre la titularidad y las cifras económicas correspondientes.
Entre los medios probatorios que contempla esta etapa procesal figuran la entrega de documentación, la remisión de informes a organismos públicos, los testimonios y los peritajes técnicos. La meta formal consiste en proporcionar evidencias concretas para que el tribunal valore los hechos antes de emitir una sentencia.
Sin embargo, la solicitud planteada por la representación letrada no implica la habilitación inmediata de la medida ni la resolución definitiva del litigio. El juzgado a cargo del expediente debe examinar la propuesta para decidir cuáles diligencias admite y de qué modo continúa el trámite.
La exclusión de dos familiares y el destino del patrimonio
La reanudación del juicio ocurrió tras la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata. Los jueces Pablo Muñoz, Gerónimo Arias y María Ventura Martínez acogieron la apelación del Fisco provincial y revocaron la decisión de primera instancia del 22 de abril de 2025. De esta forma, el tribunal excluyó a Mariana Arreche y Emilio Tomás Arreche al confirmar que poseían un parentesco de quinto y sexto grado con la cotitular registral Gladys Mac Donald, distancia que supera el límite de la vocación hereditaria.

La casona fue la escena donde Ricardo Barreda cometió el crimen el 15 de noviembre de 1992, al asesinar a su esposa Gladys Mac Donald, a su suegra Elena Arreche y a sus hijas Cecilia y Adriana. El odontólogo resultó declarado indigno para heredar y falleció el 25 de mayo de 2020 en José C. Paz. El proyecto oficial contempla destinar el inmueble expropiado a la atención psicológica, la asistencia jurídica y el refugio de mujeres víctimas de violencia de género.


