La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este lunes la venta en todo el país de una marca de proteína saborizada por incumplir la normativa vigente.
Se trata del producto “Proteína pura saborizada – Whey Protein Ultrawhey Gold Quality” marca Hard Core (RNE N° 02-035075, RNPA N° 90- 4568/2018), que, de acuerdo a la disposición 867/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, consigna un RNPA inexistente y un RNE perteneciente a otra razón social, “resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
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Las actuaciones se iniciaron en el marco del Programa de fiscalización de anuncios/publicaciones en sitios web y plataformas de comercialización de la Dirección de Relaciones Institucionales de la ANMAT. Una vez en marcha, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realizó consultas ante la Dirección de Industrias y Productos Alimentarios de la provincia de Buenos Aires (DIPA) a los fines de verificar si el RNPA se encontraba autorizado y si el RNE estaba habilitado.
“Atento a ello, la DIPA indicó que el RNE pertenecía a la razón social Víctor Hernán Kuschniroff y que el RNPA era inexistente“, reza el texto publicado.
Del mismo modo, se solicitó la colaboración del Servicio de Evaluación y Registro de Alimentos, Establecimientos, Envases y Materiales en Contacto con Alimentos del INAL a fin de informar si el producto se encontraba aprobado por este Instituto, dado que eso se afirmaba al pie de la página web de venta. Sin embargo, “en respuesta a lo solicitado, dicho servicio indicó que no constaban registros de productos (RNPA) asociados al RNE N° 02-035075“.
En continuidad con las acciones de gestión, se hicieron inspecciones en el establecimiento Kuschniroff y su titular manifestó que el producto investigado se elaboró por última vez hace más de un año y medio y que no tiene ninguna relación comercial con la empresa Hardcore Nutrition ni con el sitio web www.hardcorenutrition.com.ar.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, cita la norma respecto al producto vetado, cuya comercialización quedó prohibida en todos sus sabores, presentaciones y fechas de vencimiento.
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