Tras el veto y la insistencia del Congreso de la Nación, el presidente de la Nación, Javier Milei, firmó el decreto necesario para promulgar la Ley de Emergencia en Discapacidad. Sin embargo, ya encontró la manera de no aplicar lo que dicta la norma por lo que queda suspendida hasta nuevo aviso. Los detalles.
La promulgación salió publicada en el Boletín Oficial de este lunes con la firma del propio Milei, su jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Salud, Mario Lugones. En los argumentos, el gabinete libertario reiteró que la emergencia en discapacidad demandaría un gasto adicional de más de 3 billones de pesos en 2025, cifra equivalente al 0,35% del PBI.
Cabe recordar que, entre otras cosas, la ley en cuestión prevé una actualización de las pensiones por discapacidad y de los haberes de los prestadores.
En este escenario, tras promulgar la ley en el artículo 1°, en el artículo 2 se la envía al Congreso de la Nación para que “incluya las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que permitan la ejecución de la ley”. En otras palabras, el Gobierno Nacional de Milei no la va a implementar hasta que el Poder Legislativo determine el origen de los fondos necesarios y a pesar de haberla promulgado.
En los considerandos del Decreto 681/25 dieron más detalles de esta decisión. Básicamente, se ampararon en el artículo 38 de la Ley 24.156 de Administración Financiera que dice que “toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento“.
En este contexto, desde el Gobierno Nacional señalaron que el Congreso “omitió indicar de manera fehaciente la manera en la cual han de financiarse las erogaciones” de la emergencia en discapacidad. “Sin perjuicio de la sensibilidad que reviste la temática en cuestión, resulta imprescindible que toda ampliación de prestaciones se diseñe con criterios de viabilidad financiera, responsabilidad institucional y sustentabilidad en el tiempo”, agregaron.