Tal como lo había anticipado en los horas previas al balotage, Javier Milei le abrió las puertas a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) al fútbol argentino sin embargo, más allá de no extrañar su posición el hecho de que lo haya puesto en el lugar número 27 de una enumeración que llega a 300 dentro del “decretazo” realizado anoche por cadena nacional llamó la atención, encendió la alarmas y generó un profundo rechazo.
“Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas, si así lo quisieran“, dijo Milei evitando la obligatoriedad pero habilitando al nuevo orden jurídico dentro de las instituciones. Las mismas que se han manifestado en contra de manera casi unánime bajo el lema “No a las SAD” en la previa de las elecciones.
La posibilidad de las Sociedades Anónimas las instaló Macri en 1993 cuando intentó transformar a Deportivo Español en un club privado en una historia que no salió para nada bien. “A mí me gusta el modelo inglés, no les va mal. La pregunta es cómo se financia. Las sociedades anónimas, de hecho, tienen clubes que cotizan en bolsa y todo” le dijo Milei a Fantino en una entrevista que le sirvió de plataforma para explayarse en el asunto con un discurso agresivo y seductor: “¿A quién carajo le importa quién es el dueño si le ganás a River cinco a cero y sos campeón del mundo? ¿O preferís seguir en esta miseria que tenemos cada vez de fútbol de peor calidad? ¿Cómo nos va cada vez que salimos afuera de la Argentina?”.
SAD en el fútbol argentino: La respuesta de AFA al decreto de Milei
El primer dirigente en reaccionar al anuncio fue el Secretario del Consejo Federal y presidente de la Liga Patagónica, Juan Pablo Beacon. El abogado nacido en Córdoba que reside en Viedma utilizó su cuenta de X (ex Twitter) para, en 5 puntos, explicar porque el decreto que invita a los clubes a volverse una SAD es inconsitucional para AFA y como DNU en si mísmo.
Beacon asumió el cargo que durante años fue de Pablo Toviggino en 2017. Es hijo de Alberto Beacon histórico presidente de la Liga Reonegrina y con años en el cargo de Secretario General del Consejo Federal y se ganó la confianza del tandem Tapia – Toviggino con su desempeño como Asesor Letrado
- Ni es una modificación necesaria, ni mucho menos urgente. Es inconstitucional
- La referencia especificamenre al fútbol refleja una intencionalidad directamente dirigida a este deporte y a su casa, y no al amplio objeto q representa la norma
- Para el caso especifico del Fútbol, el DNU carece de sentido si no incluye imposición a AFA a aceptarlas como miembros. Dieron el primer paso, pero avanzar sobre ello, representa una intromisión a los asuntos internos de AFA, prohibido por FIFA, y sancionable con desafiliacion
- Incluso lo dicho por el presidente en cadena nacional puede entenderse como una intromisión política a los asuntos de AFA. Es peligroso, viola su independencia, y la referencia específica a nuestro deporte es tendenciosa.
- De hecho, modifique la redacción de mis anteriores tw porque me base en lo dicho por el presidente, y no en la letra especifica de la norma a la q tuve acceso minutos después. No quita gravedad al asunto, al contrario, manifiesta la intencionalidad del presidente.
¿Qué son las Sociedades Anónimas Deportivas?
Las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) tienen su orientación primaria hacia el lucro a través de un sistema de beneficios individuales y ganancias. Ene ste escenario quienes toman la rienda son los inversionistas que pasan a ser los principales dueños de los clubes. En este medelo, los socios no participan en la toma de decisiones relacionadas con la entidad deportiva, ya que la responsabilidad recae completamente en los accionistas/inversores, que pueden ser empresas, individuos o entidades, a través de la representación en un Consejo de Administración. Dentro de este contexto los clubes pueden atraer inversiones extranjeras y tienen la opción de cotizar en bolsa como vías para financiar sus actividades.
¿Qué dice el Estatuto de AFA ?
En el Estatuto de AFA (página 4) la definición de club es clara y se puede leer que un club es una: “asociación civil con personería jurídica en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación, Libro I, Título II, Capítulo 2, y la autoridad de contralor de la respectiva jurisdicción que ha sido admitida por la Asamblea como miembro de la AFA o de una liga reconocida y con al menos un equipo que participa en una competición“.


