El Gobierno bonaerense que encabeza Axel Kicillof amplió el Programa Preservar Trabajo (PPT), destinado a asistir a las pequeñas y micro empresas, al pagar una parte de los sueldos de sus trabajadores y trabajadoras.
La asistencia para los beneficiarios es de $ 10.800 por tres meses, siempre y cuando no supere el 50% del valor de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) al ser otorgado el beneficio. En caso de que se extienda la emergencia sanitaria, el plan se puede prorrogar hasta 12 meses.
TE PUEDE INTERESAR
Por las nuevas restricciones implementadas a partir de la segunda ola de coronavirus, la Provincia decidió extender el programa y sumar nuevas actividades económicas, como así también eliminó incompatibilidades con otros planes lanzados tanto por el Gobierno bonaerense como por el Gobierno Nacional.
Cómo hacer para inscribirse en el Programa Preservar Trabajo
Los interesados y las interesadas deberán completar un formulario de pre inscripción en el que deberán completar los siguientes datos de la empresa:
- CUIL o CUIT
- RAZÓN SOCIAL
- NOMBRE FANTASÍA
- TIPO DE PERSONA JURÍDICA
- ORGANISMO DE EXPEDICIÓN
- CONDICIÓN DE LA INSCRIPCIÓN
- N° DE INSCRIPCIÓN
El formulario está disponible en el sitio web del Ministerio de Trabajo, y al enviarlo tiene carácter de declaración jurada. Una vez completado, quedará “pendiente de aceptación”, para continuar con el proceso.
Qué empresas pueden inscribirse
El programa está destinado a pequeñas empresas y microempresas, que no superen los 80 trabajadores contratados; como así también a socios de cooperativas.
Las nuevas actividades incorporadas al programa son fabricación y venta de productos de panadería, edición e impresión, fabricación de muebles, elaboración de cervezas, fabricación de juguetes y/o artículos de librería, fabricación y/o reparación de maquinarias, curtido y cueros, transporte, entre otras.
Cuáles son los requisitos para anotarse
Los requisitos para poder obtener el beneficio, además de los mencionados anteriormente, son:
- Tener a los trabajadores debidamente registrados.
- Que la empresa, emprendimiento o cooperativa esté inscripta debidamente en AFIP.
- Que la empresa, emprendimiento o cooperativa esté inscripta debidamente en ARBA.
- Que la empresa, emprendimiento o cooperativa esté inscripta en la plataforma ActiBA.
En el caso de las empresas de rubros afectados particularmente por la pandemia, como gastronomía o estética, que hayan recibido el ATP durante 2020, deberán acreditar una caída real de la facturación, que sea igual o mayor al 20% respecto a 2019, para su ingreso directo.
En el caso de otros sectores afectados, como las empresas de venta de automotores o comercios especializados, sólo podrán sumarse al PPT si no recibieron un programa similar (como el ATP o los Repro) desde el comienzo de la pandemia.
En ningún caso el Programa Preservar Trabajo será compatible con el cobro en simultáneo del Programa de Recuperación Productiva (Repro II).
Cuáles son las actividades incluidas en el Programa Preservar Trabajo
En el siguiente formulario podrás encontrar el listado completo de las actividades incluídas en el Programa Preservar Trabajo, como así también la nueva situación en la que se encuentran, según las condiciones que tengan.
TE PUEDE INTERESAR