En la ciudad de La Plata, se dictó la primera sentencia por grooming. El hecho ocurrió en el mes de agosto del año 2020, durante la pandemia, y el docente de 33 años fue condenado a 12 años de prisión.
Según lo argumentado por la jueza en su veredicto, la nena llegó engañada al domicilio de Villa Elvira. Allí fue víctima de violación y fue obligada a borrar todos los mensajes de las charlas virtuales que había tenido a través de Instagram con su abusador. Por este hecho, la jueza del Tribunal Oral Criminal II de La Plata condenó a 12 años de prisión al abusador sexual.
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Según lo establecido por la Ley 27590 “Mica Ortega”, se entiende por grooming o ciberacoso a la acción en la que una persona por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.
¿Qué es el grooming?
Según la organización Grooming Argentina, se llama grooming a la acción deliberada por parte de un adulto de acosar sexualmente a un niño, niña o adolescente a través de internet, “con el objetivo de ganarse la amistad virtual de un niño, creando una conexión emocional con el fin de disminuir las inhibiciones con el mismo”.
El mismo se puede dar por cualquier canal que esté relacionado al uso de internet: redes sociales, páginas web, aplicaciones de mensajería instantánea u otras vías similares. En algunos casos, el adulto puede simular ser otro niño o niña desde el anonimato.
Así, utiliza tácticas de seducción, provocación, y el envío de imágenes de contenido pornográfico, logrando vulnerar la intimidad del niño, a cambio de datos personales y contacto. Hoy, las redes sociales y páginas web facilitan la posibilidad de que los acosadores se escondan detrás de una identidad falsa, por lo que es necesario saber prevenir y detectar estos casos.
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