El Instituto de Previsión Social Bonaerense (IPS) informó que los jubilados y pensionados de la provincia de Buenos Aires percibirán los haberes del mes de agosto entre los días lunes 30 y martes 31 del corriente, según el siguiente cronograma:
- Lunes 30 de agosto: se abonarán las pensiones sociales y los beneficios a los jubilados con documentos terminados en 0, 1, 2 y 3.
- Martes 31 de agosto: se abonarán los beneficios a quienes tengan documentos terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
Trámites online del IPS
Además, el organismo recordó que todos los trámites se realizan de forma online y que se estipularon mejoras para el inicio de reclamos y solicitudes.
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“Solicitudes que antes se asociaban a un reclamo, a partir de ahora, con la apertura del mismo, tendrán su propia denominación en el sistema”, aclararon a través de un comunicado.
“El despliegue de 10 solicitudes específicas, que antes se concentraban en ‘Reclamo’, agilizará la identificación de problemáticas y el consecuente tratamiento dentro del IPS”, detallaron.
En tal sentido, a la plataforma SSTP se sumaron las siguientes solicitudes:
- Agrega Certificado de Sueldo de Extraña Jurisdicción (E-190): Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que se perciba un cargo de extraña jurisdicción y deba informar una modificación presupuestaria para actualizar haberes.
- Incorporación de certificados de alumno regular: Esta solicitud corresponde ser iniciada por el beneficiario de una pensión que, teniendo entre 18 y 25 años de edad, deba acreditar que se encuentra estudiando o si su beneficio ha sido dado de baja.
- Reingreso a la actividad: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que un beneficiario se reintegra al servicio o continúa en tareas distintas. El beneficiario debe denunciar expresamente y por escrito esa circunstancia al Instituto de Previsión Social, dentro del plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha en que volvió a la actividad o continuó en ella.
- Cambio de Domicilio: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que un beneficiario deba notificar al Instituto de Previsión Social de un cambio de domicilio. El mismo debe ser modificado a los fines de garantizar la correcta notificación.
- Solicitud de Tarjeta de Cobro BAPRO: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que un beneficiario solicite el alta de Tarjeta de Cobro Bapro.
- Agrega Documentación: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que desde el Instituto de Previsión Social se le ha solicitado determinada documentación para la prosecución del trámite y la misma debe ser incorporada al expediente previsional.
- Cambio de Sucursal Bancaria: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que un beneficiario deba notificar al Instituto de Previsión Social de un cambio en la sucursal bancaria donde percibe sus haberes prestacionales.
- Agregar acto administrativo de Cese para Cierre de Cómputos: Esta solicitud corresponde ser iniciada cuando se ha tramitado un beneficio por la modalidad de Cierre de Cómputos, y se desea incorporar el Acto de Cese de Servicios para comenzar a percibir sus haberes Jubilatorios.
- Recurso de Revocatoria – NO PRESENCIAL: Esta solicitud corresponde ser iniciada toda vez que, ante la notificación de un acto resolutivo emitido por el IPS, el beneficiario se agravie del mismo total o parcialmente.
- Afip – Reclamos – Área impositiva – NO PRESENCIAL
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