“El proyecto que se va a enviar al Senado va a ser el de Anabel Fernández Sagasti, tal como lo anunció el Presidente”. La respuesta, surgida de voceros del oficialismo, despeja rumores en torno a eventuales cambios en la estrategia para abordar la delicada situación de la cerealera Vicentin , pero abre la puerta a algunas interpretaciones.
¿Qué pasará con el proyecto una vez que traspase la mesa de entradas? Seguramente se modificará. Es que el anuncio de la expropiación de la cerealera dividió aguas, incluso dentro del oficialismo. Las críticas de Roberto Lavagna, quien impulsó un proyecto alternativo calaron hondo. Aportó el “silencio” de algunos aliados políticos, que podrían no acompañar en la votación.
TE PUEDE INTERESAR
“No descartamos modificaciones”, reconocen en off desde Casa Rosada. Una de las variantes que se analiza por estas horas es la de implementar un “Cramdown” en lugar de una expropiación lisa y llana. “Está dentro de las posibilidades, sin dudas”, reconocen quienes siguen de cerca las negociaciones.
¿En qué consiste el Cramdown? Se trata de una figura comercial prevista por el artículo 48 de la Ley Nacional de Concursos y Quiebras (N° 24.522) que en la que se evita el desguace, a partir de un esquema en el que el Estado argentino, bajo las condiciones actuales, mantiene algunas ventajas considerables. Una suerte de “plan b” para efectivizar el rescate de la empresa, sin que el Estado tenga que expropiarla.
“Se trata de una oferta que puede hacer un acreedor o un tercero, distinto del quebrado o del concursado, donde ofrece un esquema de cancelación de deudas. Y, en caso de ser aceptada por el 66 por ciento de los acreedores verificados, se convierte en el titular del paquete accionario”, explicó a INFOCIELO el senador bonaerense Francisco Durañona, uno de los primeros que advirtió sobre la “oportunidad” que ofrecía la situación de Vicentin.
El dato no es menor si se tiene en cuenta que el pasivo de la empresa alcanza los 99.345,2 millones de pesos y, entre sus acreedores, se encuentran 1.895 personas físicas y jurídicas por compra de granos, 585 personas físicas y jurídicas por bienes y servicios; 37 entidades financieras y 19 organismos fiscales y aduaneros. El mayor de los acreedores es el Banco Nación, entidad a la que la empresa le debe 18.162,3 millones de pesos.
La principal diferencia entre la expropiación y el Cramdown es que, en el segundo caso, se lleva adelante una especie de “licitación” en la cual pueden inscribirse todos los interesados en adquirir la empresa, incluyendo a terceros y a los propios acreedores. En este caso, el Estado puede formalizar una propuesta de salvataje o vetar las que aparezcan, dado que posee un tercio de la deuda de Vicentin.
De esta forma, se podría llevar adelante el salvataje de la empresa, sin que el Estado pierda la posibilidad de convertir la deuda en acciones capitalizables e incluir en simultáneo a los otros acreedores en el nuevo paquete accionario. Desde lo político, se evita la influencia de una palabra como expropiación, que tiene muy mala prensa.
“La estrategia es tener la mayor cantidad de acreedores jugando a favor para la Argentina y es un escenario posible, teniendo en cuenta que el propio Estado tiene un tercio de los créditos. Ningún otro puede competirle. Es menos conflictivo y más barato que una expropiación. Por otro lado, creo que juega a favor de los trabajadores, la cooperativas y los productores”, razonó Durañona.
Uno de los tres ejes con los que el presidente sostuvo su decisión de enviar al Senado el proyecto de Fernández Sagasti fue el de evitar la “extranjerización” de uno de los sectores productivos más importantes de la economía. “La verdad es que me preocupó mucho (la posibilidad) de que la empresa termine en manos de capitales extranjeros. En la Argentina hay siete cerealeras y cuatro de ellas son extranjeras. Para nosotros, ese mercado es muy importante porque gran parte de las exportaciones vienen por ese mercado”, justificó tras la conferencia de prensa.
Al ser acreedor de un tercio de la deuda de la empresa, el Estado puede impedir en los hechos que cualquier otra propuesta logre la adhesión del 66 por ciento de los acreedores, con lo cual tiene, en los hechos, una suerte de “poder de veto”, que lo sitúa en una posición de fortaleza para negociar la compra.
TE PUEDE INTERESAR