Según informó la agencia DyN, la medida, que reconoce dos antecedentes en los últimos 20 años, fue dispuesto por la Sala Quinta de la Cámara, con las firmas de los jueces María García Margalejo y Juan Carlos Fernández Madrid.
El Sipoba había argumentado que los policías son trabajadores y que, a diferencia de otros rubros, carecían del derecho de unarepresentación gremial, lo que significaba una discriminación en relación con los demás asalariados.
Sin embargo, el tribunal replicó que “no puede sostenerse válidamente que se esté sin más ante un supuesto de discriminación (…) Se trata de excepciones específicamente previstas que surgen de diversos tratados de jerarquía constitucional”.
El voto mayoritario, también expresó: “Tal conclusión no implica que de lo aquí propuesto deba derivarse conclusión general ni teórica alguna sobre la procedencia o improcedencia del derecho de sindicalización de las fuerzas policiales, ni adelanto de opinión alguna sobre lo que pueda derivarse de la recepción legislativa de reconocimientos a nivel sindical del personal policial en el marco de la ley, convenios y tratados”.
Cabe recordar que el Sipoba había intentado su formación por la vía administrativa y judicial, sin éxito, durante los gobiernos de Carlos Menem y el interinato de Eduardo Duhalde.