El Gobierno nacional modificó el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad para la prevención de ciberdelitos y amenazas difundidas a través de redes sociales, con especial foco en los casos que involucren a niñas, niños y adolescentes y en el aumento de las amenazas de violencia masiva contra establecimientos educativos.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 725/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y actualiza el procedimiento que deben seguir las fuerzas policiales durante las tareas de prevención en el espacio cibernético.
La normativa establece que el personal interviniente deberá ajustarse a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y ratifica que queda expresamente prohibido el tratamiento, sin autorización judicial, de datos sensibles y de las publicaciones realizadas por menores de edad.
Además, dispone que cuando durante una tarea de prevención exista certeza o la presunción de que la investigación involucra a un niño, niña o adolescente, el monitoreo deberá suspenderse de inmediato, dejando constancia de esa decisión en el libro de registro y notificando a la autoridad responsable.
Sin embargo, la resolución incorpora una serie de excepciones en las que las fuerzas de seguridad podrán continuar con la intervención aun cuando el caso involucre a un menor. Esto ocurrirá cuando exista riesgo para la vida del niño o adolescente; cuando haya indicios de que se encuentra en situación de desamparo, fugado o sustraído de su entorno; cuando se detecten conductas autolesivas o suicidas, sin necesidad de acreditar la inminencia del daño; o cuando el menor sea presunta víctima de un delito que se esté cometiendo en tiempo real a través del espacio cibernético y la suspensión del monitoreo pueda comprometer la prevención del hecho o la identificación del responsable.
La principal novedad del protocolo es que también habilita la continuidad de las tareas preventivas cuando existan indicios fundados de riesgo para la vida o la integridad física de otros menores, incluyendo amenazas, planificación o preparación de actos de violencia masiva en establecimientos educativos u otros espacios de concurrencia pública, independientemente de que el menor involucrado sea la presunta víctima o el posible autor.
En todos los supuestos excepcionales, el personal policial deberá dejar constancia detallada de las circunstancias que justificaron la continuidad de la actuación y comunicar de manera inmediata esa decisión a la autoridad responsable.
Desde el Ministerio de Seguridad señalaron que la modificación busca adaptar los protocolos al crecimiento de los ciberdelitos y, particularmente, al incremento de amenazas contra escuelas difundidas en plataformas digitales, procurando compatibilizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes con una respuesta rápida frente a situaciones que puedan poner en riesgo la vida o la integridad física de estudiantes y de la comunidad educativa.

