Aunque para Estudiantes ya quedó atrás la eliminación copera ante Flamengo y los objetivos están puestos en el Clásico Platense y en el torneo local, recientemente Conmebol dio a conocer la sanción aplicada sobre Bruno Enrique por sus gestos obscenos ante los hinchas pincharratas en 1 y 50.
Contrariamente a lo que se esperaba, el delantero brasileño recibió solo una multa y una advertencia. Una sanción prácticamente sin efecto para el jugador y hasta liviana, teniendo en cuenta otros antecedentes donde el Confederación Sudamericana de Fútbol actuó con mayor firmeza ante actos similares.
A pesar de promover sistemáticamente el lema “No al racismo”, y de sostener tenazmente el juego limpio, en esta oportunidad para Conmebol alcanzó con una advertencia, una notificación y una multa irrisoria de 25.000 dólares (135.000 reales) por sus gestos hacia los hinchas de Estudiantes en Argentina. De esta manera, Bruno Henrique, estará disponible para las semifinales de la Libertadores ante Racing.
La resolución de la Comisión Disciplinaria de Conmebol
El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al jugador BRUNO HENRIQUE PINTO una multa de USD 25.000 (VEINTICINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literales b) y c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al jugador BRUNO HENRIQUE PINTO que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR al jugador BRUNO HENRIQUE PINTO y al CLUBE DE REGATAS DO FLAMENGO.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el artículo 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
