El intendente de Esteban Echeverría y vicepresidente del PJ Bonaerense, Fernando Gray, insistió ante la Justicia en su impugnación contra la última reunión del partido que avaló el adelantamiento de las elecciones, movida que permitirá la asunción de Máximo Kirchner como nuevo líder.
Tras un fallo en contra emitido por el juez federal con competencia electoral bonaerense, Alejo Ramos Padilla, el alcalde del Conurbano apeló la decisión ante la Cámara Nacional Electoral, el máximo organismo del país en cuestiones partidarias.
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Gray pide impugnar la reunión del consejo del PJ ocurrida el 27 de febrero último, en la que por mayoría se decidió adelantar las elecciones al mes de mayo y en las que Máximo Kirchner quedaría como cabeza del PJ, pese a que los mandatos actuales tenían vigencia hasta fin de año. Esto perjudica al intendente, quien merced al acuerdo de conducción rotativa sellado con su colega de Merlo, Gustavo Menéndez, debía asumir la presidencia y comandar al partido en el año electoral.
En el escrito, al que tuvo acceso INFOCIELO, el jefe comunal asegura que el magistrado desestimó el recurso “sin fundamentos suficientes que justifiquen esa decisión y sin evaluar en modo alguno el marco fáctico y jurídico que rodea la controversia”.
En su pedido de apelación, el intendente sostiene que el “adelantamiento injustificado de las elecciones internas, habiendo mandatos vigentes, genera una gran incertidumbre no solamente en el proprio PJ, sino también a la sociedad toda”. Asimismo, asegura que el Cronograma Electoral aprobado por la reunión cuya nulidad solicita, viola el régimen jurídico de excepción, establecido en la Constitución Nacional.
El adelantamiento de las elecciones, de confirmarse judicialmente, deja a Máximo Kirchner en las puertas de la conducción partidaria: se espera que su postulación se de “por aclamación” y que sea elegido en abril como candidato único, lo que evitaría las internas.
En su presentación ante la Justicia, el intendente de Esteban Echeverría insistió en que “una convocatoria por WhatsApp no puede ser considerada una notificación eficaz”. En ese marco, dijo que una escribana “no puede dar fe de la identidad de aquellos consejeros que expresaron el voto con la simple expresión del sentido del voto ante la cámara”.
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