Tras la polémica generada a partir de políticos y empresarios que recibieron dosis de la vacuna contra el coronavirus a pesar de no ser considerados “esenciales”, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, cortó por lo sano y emitió una resolución en la que reglamenta taxativamente quiénes pueden recibir la vacuna y quiénes no.
El objetivo es transparentar el proceso de vacunación al personal considerado “estratégico” dentro de los tres poderes del Estado. Salud creará además un observatorio que se encargará de monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones.
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La definición emitida por Salud indica que Personal Estratégico son quienes cumplan estas condiciones:
- Personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición.
- Representantes del Estado Argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición.
- Personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales.
También se aclaró que las personas consideradas personal estratégico deberán especificar “los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño”. No sólo eso: además, deberán pedir autorización por el sistema informático de la administración pública a la cartera de Salud para acceder a la vacuna. En esa instancia, el Ministerio de Salud puede rechazar o aceptar la solicitud.
Además, y para salvar las restricciones que imponen la leyes de protección de datos, quienes se inscriban como personal estratégico deben autorizar la difusión de esa información.
La vacunación, además, debe llevarse a cabo en “establecimientos autorizados” y se notificará al Registro Federal de Vacunación Nominal. Con esos datos, se constituirá un listado público que se actualizará de manera periódica y podrá ser difundido por el Ministerio, detallando nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de aplicación, lugar de vacunación de quienes se vacunen.
Todas las provincias y la Ciudad serán invitadas a realizar un protocolo para la solicitud de anuencia para vacunación Covid19, aplicable en el ámbito de su jurisdicción.
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