Se trata de la resolución 464 publicada hoy en el Boletín Oficial, según la cual los canales de televisión abierta deberán presentar la documentación requerida entre el 1 de marzo hasta el 10 de junio del año 2011 de acuerdo a las diferentes categorías.
Mientras que las radios deberán hacerlo entre el 1 de mayo y el 10 de julio del próximo año, también de acuerdo a las diferentes categorías.
La norma publicada hoy hace referencia a los artículos 62 y 63 de la ley de servicios de comunicación audiovisual según los cuales “no podrán constituirse redes de radio y/o televisión entre licenciatarios con una misma área de prestación, salvo que se tratase de localidades de hasta 50.000 habitantes y siempre que se trate de retransmisión de contenidos locales”, También establecen que sólo podrán constituir una misma red “prestadores de un mismo tipo y clase de servicios con límite temporal”.
Entre otras pautas se dispone que sólo el 30% del contenido compartido por la red podrá ser transmitido por las emisoras que adhieren a la misma, cada emisora deberá mantener el cien por ciento de los derechos de contratación sobre la publicidad emitida, y deberá mantener la emisión de un servicio de noticias local y propio en horario central.
Los servicios de titularidad del estado Nacional, los estados provinciales, las universidades nacionales, institutos universitarios nacionales y las emisoras de los Pueblos Originarios, quedan exceptuadas.