Los extranjeros residentes, en tanto, pueden dirigirse a los países asociados o miembros del Mercosur con el DNI digital o el Pasaporte de su país, junto a la constancia de residencia en Argentina. Asimismo, se recomienda consultar a los consulados de los países que se desee visitar. Si el destino está fuera del Mercosur y Estados Asociados, es indispensable el Pasaporte, con o sin visa, según establezca el país receptor.
En el caso de los extranjeros que ingresaron como “temporarios” o “transitorios” y se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada, tendrán que tramitar previamente la “Habilitación de Salida”.
Este documento se gestiona de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 en la sede central de Migraciones, ubicada en Avenida Antártida Argentina 1355, Edificio 6, sector M las 24 horas en el Aeropuerto de Ezeiza y en Aeroparque, y durante los horarios de atención tradicionales de las distintas delegaciones del país.
Con respecto a los menores de 18 años, además de DNI digital o Pasaporte necesitan autorizaciones, que varían de acuerdo a diversas posibilidades:
- Si el menor viaja con ambos padres, bastará con que acrediten el vínculo parental mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de ambos progenitores.
- Si lo hace sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación familiar con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del progenitor ausente.
- En el caso de menores hijos de adolescentes se requerirá además del consentimiento de los padres adolescentes, el de cualquiera de los abuelos por parte de cada adolescente progenitor, aunque los adolescentes estén casados o aunque un progenitor fuese mayor. En caso de que falte algún consentimiento, se requerirá la autorización judicial supletoria.
- Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la resolución judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de tutor o curador.
Toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas. Cuando se trate de escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridad extranjera, deberá además contar con la traducción si no estuviere redactado en idioma castellano, y legalizado o apostillado según corresponda.
Si uno o ambos progenitores no pueden o no quieren dar su consentimiento, o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un juez, será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.
Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas de la DNM sobre autorizaciones judiciales o situaciones excepcionales sobre viaje de menores.
Las autorizaciones pueden tramitarse ante escribanos, cónsules argentinos y extranjeros, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, jueces de paz y oficinas de esta Dirección Nacional.
Respecto a la autorización emitida por Migraciones, se otorga en la Sede Central, en el Aeropuerto de Ezeiza y Aeroparque Jorge Newbery las 24 horas, en Buquebus en el horario de servicio de los buques y en las delegaciones del país en los horarios habituales de atención de cada representación.
El documento tiene un costo de $1.800, validez de 30 días para poder egresar, sirve para un solo viaje y para solicitarla deben estar presentes ambos progenitores portando sus documentos de identidad incluyendo uno que acredite la filiación con el menor (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento). En el caso de autorizar un tutor, debe acompañar la resolución judicial respectiva.
Cabe aclarar que, cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado y tener en cuenta que las constancias de DNI o Pasaporte en trámite no son válidas como documentos de viaje. A su vez, se recuerda que en todos los casos el trámite es personal y presencial en los puestos de control migratorio.