A la espera de una comunicación oficial por parte del capitán de la Selección Argentina, que todo apunta a seguir en el Barcelona hasta junio del 2021 momento en el cual quedará con el pase en su poder, se emitió un comunicado con la firma de su padre y representante.
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Entre lo más destacado, se señala: “Desconocernos qué contrato es el que han analizado, y cuáles son las bases sobre las que concluyen que el mismo contarla con una “cláusula de rescisión” aplicable en caso de que el jugador decidiera instar la extinción unilateral del mismo, con efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019/2020”.
Además, se agrega: “Se debe a un error evidente por su parte. Así, tal y como señala literalmente la cláusula 8.2.3.6. del contrato firmado entre el club y el jugador, “Esta indemnización no aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del Jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-2020”.
Por último, y a modo de conclusión, se informa por parte de Messi: “Sin perjuicio de otros derechos que se recogen en el contrato y que ustedes omiten, es obvio que la indemnización de 700 millones de euros, prevista en la cláusula previa 8.2.3.5, no aplica en absoluto”.
Esta comunicación se da en base a lo publicado el sábado por la Liga de España donde sostiene que: “El contrato se encuentra actualmente vigente y cuenta con una “cláusula de rescisión” aplicable al supuesto de que Lionel Andrés Messi decidiera instar la extinción unilateral anticipada del mismo”.
En base a esto, había asegurado: “En cumplimiento de la normativa aplicable, y siguiendo el proceder que corresponde en estos supuestos, La Liga no efectuará el trámite de visado previo de baja federativa al jugador si no ha abonado previamente el importe de dicha cláusula”.