La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de una marca de miel, “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto”, resultando ser en consecuencia un “producto ilegal”. Cuál es.
Fue a través de la Disposición 10586/2023, publicada en el Boletín Oficial este viernes 1 de diciembre, donde la Anmat explicó que se encuentra prohibida “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto, y en las plataformas de venta en línea el producto”.
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Se trata de la “Miel Multifloral, marca Miel del Valle, elaborado por Agropecuario del Valle, Ruta 30 km 158, Achiras, Córdoba, Argentina, Análisis Municipal N° 77610”, el cual no cuenta con Registro Nacional de Establecimiento (RNE), Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), ni habilitación municipal correspondiente.
Todo comenzó por una consulta de un consumidor en referencia a la marca, debido a que presenta características organolépticas alteradas. Así fue como la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba informó que constan registros de actuaciones realizadas sobre el producto, por la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín.
Allí se constató en un control bromatológico ubicado en la ruta nacional N° 38 – Acceso sur, en un vehículo automotor el traslado de unidades del producto bajo investigación; y de la Municipalidad de la Ciudad de Río Cuarto, donde en una inspección a un comercio se constató la comercialización de envases del mismo producto que no exhiben en sus rótulos RNE y RNPA; y procedió en ambos casos a la intervención.
Luego, a las actuaciones realizadas por las autoridades de de Cosquín y Río Cuarto, esa Dirección a través del comunicado informó a las autoridades sanitarias de todas las municipalidades y comunas de esa provincia la prohibición de comercialización y distribución en todo el territorio provincial del producto y de todos aquellos productos Miel del Valle Multifloral que estén rotulados se esa manera, independientemente de su lote, peso y fecha de vencimiento; por tratarse de un producto que no cuenta con RNE, RNPA, ni con habilitación municipal correspondiente.
Ante lo sucedido, se determinó que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal. Al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina.
A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL y la Anmat recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.
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