La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles 25 de octubre la elaboración, fraccionamiento y comercialización de tres marcas de aceite de oliva por no contar con los registros sanitarios necesarios. ¿Cuáles no hay que comprar?
La medida fue tomada a través de la Disposición 8843/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de su titular Manuel Limeres. Según se detalló en el documento, las investigaciones comenzaron cuando un particular inició una denuncia ante la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba.
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Tras ello, el organismo provincial realizó las averiguaciones y verificaciones de constatación de los registros de los productos, los cuales resultaron inexistentes. En este sentido, los productos exhibían en sus rótulos falsos que utilizan un RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales.
Ante estas circunstancias, la Anmat remarcó: “A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
¿Qué marcas de aceite de oliva no hay que comprar?
Con el objetivo de proteger a posibles adquirientes, la Anmat determinó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca Cruz del Eje, RNE 12008028 y RNPA 12005232”, “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca La Costa, RNE 12008028 y RNPA 1200532” y “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca San Marco, Premium, RNE 12000380, RNPA 12002208, elaborado y fraccionado en Av. San Francisco Km 5.5, La Rioja”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
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