La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó la fecha límite para realizar la primera recategorización del Monotributo 2026, un trámite obligatorio para quienes hayan tenido cambios en los parámetros de su categoría durante el último año.
El plazo vence el 5 de febrero de 2026 y el trámite se realiza ingresando al sitio web de ARCA con clave fiscal, a través de la opción “Recategorizarme”, o desde la aplicación ARCA Móvil.
La actualización de las escalas responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del segundo semestre de 2025, lo que genera un aumento estimado del 14,3% en los parámetros del régimen simplificado.
¿Cómo saber si me tengo que recategorizar?
Para determinar si corresponde realizar la recategorización, deben evaluarse distintos criterios establecidos por el régimen.
“Uno de los más relevantes son los ingresos devengados, que se toman como base para definir la categoría”, explica Valeria Díaz, Contadora y Especialista en tributación.
Además, se analizan otros parámetros clave:
- Ingresos brutos devengados
- Superficie afectada a la actividad
- Consumo de energía eléctrica
- Monto de alquileres devengados
- Precio máximo unitario de venta, en el caso de venta de cosas muebles
Estos valores deben compararse con la tabla vigente desde febrero de 2026 para confirmar si corresponde mantenerse en la categoría actual o cambiar de escala.
¿Quiénes deben recategorizarse en el Monotributo 2026?
Deben realizar el trámite quienes:
- Tengan más de seis meses de antigüedad en el régimen
- Hayan tenido cambios en sus parámetros durante 2025
- Superen o queden por debajo de los límites de su categoría actual
Un punto importante:
Si el contribuyente estuvo en el régimen más de 6 meses pero menos de un año, los parámetros deberán anualizarse para definir correctamente la categoría que le corresponde.
En el caso de venta de cosas muebles, es clave tener en cuenta que ningún producto puede superar el precio máximo unitario de $613.492, condición indispensable para permanecer en el Monotributo.
¿Qué pasa si no hago la recategorización? ¿ARCA multa?
“El plazo es clave: la fecha máxima es el 5 de febrero”, advierte Valeria Díaz.
Si el contribuyente no realiza el trámite:
- Se presume que permanece en su categoría actual
- ARCA puede recategorizarlo de oficio si detecta inconsistencias
- La recategorización puede ser retroactiva al momento en que se produjo el cambio real de escala
En esos casos, pueden aplicarse:
- Multas de hasta el 50% del impuesto integrado
- Multas sobre la cotización previsional omitida
Nuevas cuotas del Monotributo desde febrero de 2026
A partir de febrero de 2026, estos serán los montos totales a pagar, incluyendo impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social:
- Categoría A: $42.386,74 (servicios y bienes)
- Categoría B: $48.250,78 (servicios y bienes)
- Categoría C:
- Servicios: $56.501,85
- Bienes: $55.227,06
- Categoría D:
- Servicios: $72.414,10
- Bienes: $70.661,26
- Categoría E:
- Servicios: $102.537,97
- Bienes: $92.658,35
- Categoría F:
- Servicios: $129.045,32
- Bienes: $111.198,27
- Categoría G:
- Servicios: $197.108,23
- Bienes: $135.918,34
- Categoría H:
- Servicios: $447.346,93
- Bienes: $272.063,40
- Categoría I:
- Servicios: $824.802,26
- Bienes: $406.512,05
- Categoría J:
- Servicios: $999.007,65
- Bienes: $497.059,41
- Categoría K:
- Servicios: $1.381.687,90
- Bienes: $600.879,51
Desde ARCA recuerdan que, según la jurisdicción, el contribuyente puede tener incorporados componentes impositivos provinciales o municipales, que se suman al monto nacional.
“Cumplir a tiempo, tener los números en orden y planificar bien no es un gasto, sino una inversión en tranquilidad fiscal y crecimiento sostenible”, concluyó Valeria Díaz.

