El gobierno de la provincia de Buenos Aires anunció la puesta en marcha de un impuesto que va a gravar a las apuestas online. La iniciativa se oficializó hoy con una resolución del Instituto Provincial de Lotería y Casinos y entra en vigencia mañana. Qué dice la letra chica.
La Resolución 1149/26 firmada por Gonzalo Atanasof llegó para poner en práctica lo que aprobó la Legislatura en la Ley Fiscal e Impositiva de este año. Más concretamente, el artículo 137 de esa norma había creado un aporte de entre el 1% y el 3% “sobre todos los premios resultantes de las sucesivas apuestas sobre juegos de resolución inmediata (slots)”. Ayer, la Provincia definió que sea del 2%.
Como era de esperar, el anuncio que Carlos Bianco despertó algunas voces de rechazo. Por ejemplo, el diputado provincial del bloque UCR – Cambio Federal, Diego Garciarena, dijo que “el gobierno provincial solo quiere recaudar” porque “no le ponen límites al juego (que no es un juego) sino que eligen sacarle más plata al apostador”.
Lo cierto es que el aporte afectará a “todos los premios resultantes de las sucesivas apuestas sobre juegos de resolución inmediata” de las plataformas digitales. Esto abarca a los pagos normales (coin out) y a los premios extraordinarios (jackpot), pero no se computará la apuesta efectuada, según surge de la resolución reglamentaria publicada hoy.

En el gobierno bonaerenses estiman que habrá entre $35.000 millones y $40.000 millones adicionales para repartir mensualmente recaudados con este impuesto. Esos montos, volviendo a la Ley Fiscal e Impositiva, se van a destinar a los municipios y al Fondo de Progreso e Inclusión Social.
Por su parte, las empresas que ofrecen estos juegos (Bet365, Betano, Betsson, BetWarrior, BPlay, Sportsbet y Stake) tienen 30 días corridos para empezar a actuar como “responsables sustitutos del aporte” y empezar a pagarlo. Las liquidaciones del impuesto deberán hacerlas semanalmente al Instituto de Lotería y Casinos a través de una declaración jurada. En ese documento deberán precisar los montos consolidados de cada día por cada concepto, la base imponible del Fondo y el total de la semana.
Quienes incumplan con los depósitos en tiempo y forma deberán afrontar el pago de intereses acumulables. Los primeros cinco días de atraso serán del 1%, luego del 2% (para moras superiores a 5 días e inferiores a 10) y del 3% cuando la mora supere los diez días. También se prevén sanciones por incumplimientos con multas que van desde los $240.092,60 hasta los $2.400.926.000, dependiendo de la gravedad y de otros factores como la reincidencia.
Por último, la reglamentación del tributo obliga a las empresas de apuestas a adecuar sus sistemas de juego para “que el apostador pueda conocer el importe total deducido sobre los premios en concepto de aporte”. El objetivo es que la deducción sea trazable en los reportes de auditoría “garantizando transparencia y verificabilidad para el control regulatorio”.


