El ministro de Economía, Luis Caputo, no pudo ocultar sus fastidio ante la primera cautelar lograda por un intendente del conurbano bonaerense que echó por tierra la resolución de su cartera para impedir el cobro de tasas en servicios públicos como la luz y el gas.
El funcionario de Javier Milei volvió a utilizar sus redes sociales para quejarse y apuntó a una presunta complicidad entre el Jefe Comunal de Pilar, Federico Achaval– a quien ubicó dentro de los jefes comunales del kirchnerismo- con la justicia “local”.
“Qué raro un intendente kirchnerista “apelando” a la justicia local para continuar estafando a sus vecinos! Toda una novedad!!” expresó Caputo.
Su visible enojo le impidió ver que la medida de amparo conseguida corresponde a una materia de orden federal – un ámbito muy ajeno a las injerencias territoriales de los intendentes- y en razón de la naturaleza del planteo, la presentación se llevó a cabo fuera de Pilar, en el Juzgado Federal de Campana.
El fallo en favor de Pilar, una primera derrota para el Gobierno
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, dictó una resolución a favor del Municipio de Pilar, suspendiendo la aplicación de la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, que impedía a los municipios incluir tasas municipales en las facturas de servicios.
Según el fallo, “la resolución dictada no ha medido las consecuencias y los derechos individuales que conculca, tales como el derecho a la vida, la salud, la integridad física. La resolución de la Secretaría de Industria y Comercio también se considera una intromisión en el ámbito local, violando la autonomía del municipio en su capacidad recaudatoria, un eje que podría ser clave en la disputa legal entre Nación y los municipios”.
El juez González Charvay, al evaluar los argumentos presentados, concluyó que “la medida cautelar no afecta al erario público nacional” y que la suspensión de la normativa garantizaría la capacidad recaudatoria del municipio, permitiendo así el mantenimiento de servicios vitales como el alumbrado público y la seguridad.
La carta de los intendentes del interior para resistir el ataque de Caputo
Por fuera de los distritos del AMBA- se espera una avalancha de recursos de amparo para conseguir recursos similares al de Pilar- en los distritos del interior y la región capital las leyes provinciales 10.740 y 11.769 darían herramientas a municipios del interior y el Gran La Plata para sostener el cobro de las tasas.
Se trata de los municipios del interior bonaerense y de la región Capital que responden a concesiones provinciales o municipales y tienen al OCEBA como organismo de contralor provincial (también es la provincia las que autoriza las subas de tarifas).
La primera de las normas, establece en su artículo 1 que “las Empresas prestadoras del Servicio Público de Electricidad, en la Provincia de Buenos Aires, deberán percibir, a solicitud y en representación de las Municipalidades, la Tasa por Alumbrado Público que éstas fijen en su jurisdicción, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades” para aquellos distritos que adhieran por ordenanza.
La segunda, de orden más general, establece el marco regulatorio de la actividad eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y ya regulaba la inclusión de los conceptos ajenos en las facturas desde el año 1996, es decir mucho tiempo antes que la flamante resolución de la secretaría de Comercio de la Nación.

