El Gobierno de Javier Milei avanzó con una nueva poda de estructuras vinculadas a la actividad minera y dejó sin efecto una serie de programas que durante los últimos años habían buscado fortalecer la planificación, el monitoreo ambiental y la articulación entre la Nación, las provincias y los municipios. La medida fue formalizada mediante la Resolución 64/2026 de la Secretaría de Minería, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, bajo el argumento de racionalizar el gasto y simplificar la administración pública.
La norma, firmada por el secretario de Minería, Luis Enrique Lucero, derogó ocho resoluciones dictadas entre 2008 y 2022. Entre las herramientas eliminadas hay programas vinculados con la transferencia de fondos a provincias y municipios, la minería social, la planificación estratégica del sector, el análisis de importaciones, la participación de mujeres en la actividad y el monitoreo de variables ambientales.
El Ejecutivo justificó la decisión en los lineamientos de la Ley Bases y en la necesidad de adecuar la estructura estatal a criterios de “eficiencia”, “eficacia”, austeridad y simplificación administrativa. Según los considerandos de la resolución, varios de los programas habían perdido operatividad, quedaron desactualizados o deberán ser reemplazados por nuevas instancias de coordinación.
El punto más sensible aparece en materia ambiental. Entre las normas derogadas se encuentra la Resolución 53/2022, que había creado el Proyecto Federal de Fortalecimiento de Capacidades de Monitoreo de Variables Ambientales de la Minería. El programa tenía como objetivo promover la cooperación técnica y financiera con las provincias para que pudieran contar con herramientas destinadas a controlar las variables ambientales asociadas a la actividad minera.
La Secretaría de Minería sostiene que ese esquema deberá ser reemplazado por “mecanismos alternativos más eficientes”. Sin embargo, la resolución no detalla cuáles serán esos mecanismos, qué organismos estarán a cargo de implementarlos ni qué recursos tendrán disponibles. Allí aparece uno de los principales interrogantes que deja la medida: mientras el Gobierno avanza en la eliminación de estructuras existentes, no queda explicitado en la norma cuál será el instrumento que ocupará su lugar.
Una poda que alcanza a la planificación minera
La resolución no se limita al monitoreo ambiental. También dejó sin efecto la Resolución 47/2020, mediante la cual se había creado el Plan Estratégico para el Desarrollo Minero Argentino, una herramienta destinada a establecer lineamientos para el crecimiento de la actividad.
A eso se suma la derogación de la Resolución 36/2020, relacionada con la adaptación del Plan Nacional de Minería Social durante la emergencia sanitaria; la Resolución 138/2020, que creó una Mesa Técnica de Análisis para la revisión de importaciones; y la Resolución 255/2021, que puso en marcha la Red Federal de Mujeres Mineras Argentinas.
También quedaron sin efecto las Resoluciones 50/2022 y 53/2022. La primera había prorrogado los plazos para la presentación de rendiciones de fondos destinados a proyectos de minería social, huellas mineras y programas sociales, mientras que la segunda creó el proyecto federal destinado al fortalecimiento del monitoreo ambiental.
Por otra parte, fueron derogadas las Resoluciones 55/2008 y 134/2008, que habían establecido mecanismos específicos para la transferencia de fondos a provincias, municipios y otros organismos.
El argumento de la eficiencia y el interrogante ambiental
La decisión se inscribe en una política más amplia del Gobierno nacional orientada a reducir estructuras, programas y organismos considerados innecesarios o superpuestos. El criterio puede traducirse en una administración con menos trámites y estructuras más acotadas, pero en sectores como la minería también abre una discusión sobre cuáles son las capacidades estatales que se consideran prescindibles.
La minería es una actividad que, por sus características, requiere controles sobre el territorio y coordinación entre distintos niveles del Estado. En ese contexto, la eliminación de un programa federal destinado específicamente a fortalecer las capacidades provinciales de monitoreo ambiental plantea dudas sobre cómo se garantizará ese seguimiento en adelante.
La resolución asegura que las derogaciones no implican interrumpir los controles sobre la ejecución y rendición de cuentas de los proyectos anteriores. Es decir, el Estado nacional mantiene las herramientas necesarias para reclamar fondos y avanzar con acciones de recupero cuando corresponda.
La particularidad es que, mientras se preservan los mecanismos destinados a controlar el destino de los recursos públicos transferidos, se eliminan programas que tenían entre sus objetivos ampliar capacidades técnicas, sociales o ambientales vinculadas con la actividad minera.
El Gobierno presenta la medida como parte de una reorganización necesaria para terminar con estructuras que considera obsoletas. El desafío, sin embargo, será determinar si la reducción de la presencia estatal efectivamente se traduce en una administración más eficiente o si, en determinados ámbitos, termina dejando vacíos allí donde antes existían herramientas de planificación y fiscalización.
En un contexto de expansión de la minería y de creciente interés por los recursos minerales estratégicos del país, la discusión no pasa solamente por cuánto Estado debe existir, sino también por qué capacidades estatales resultan indispensables para acompañar una actividad que genera inversiones y divisas, pero que al mismo tiempo tiene un impacto directo sobre los territorios y sus recursos naturales.

