Desde el miércoles 29 de marzo, las líneas 195, 194, 237, 310 y 670 redujeron y, en algunos casos, paralizaron sus servicios ante un reclamo de la empresa Metropol por falta de combustible en sus unidades. En las últimas horas, la empresa comunicó que“se estarán restableciendo progresivamente todos los servicios de las líneas que estaban afectadas” y el paro habría llegado a su fin.
La firma conocida popularmente como Costera había ratificado el parto desde las 0 horas del miércoles “debido al incumplimiento del pago del Estado Nacional a una resolución judicial favorable a Metropol, se ha generado desabastecimiento de combustible impactando en nuestra operación”. Según explicó Metropol, el Gobierno nacional está atrasado “en el pago de las compensaciones” que además están desactualizadas y esto les generó “una caída del 15% de sus genuinos ingresos”.
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Al paro de la línea 195 de este jueves se le sumó la reducción del servicio de la 194. Sin embargo, las líneas 237, 310 y 670 que estaban paradas desde las 0 del miércoles se irán restableciendo progresivamente.
En este sentido, José Arteaga, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional Regulación del Transporte (CNRT) confirmó en diálogo con La Cielo 103.5 que el servicio estaría en trabajando con normalidad. Además, el funcionario apuntó contra las empresas de transporte ya que “lo más lamentable es la falta de frecuencia, que un ciudadano tenga que esperar más de 30 minutos para cualquier servicio”.
Por otra parte, distintos usuarios de la línea 129 Misión Buenos Aires que conecta La Plata con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunicaron que las demoras de este ramal superan la hora de espera, por lo cual se rumorea el inminente paro de esta empresa.
La sanción de la CNRT a Metropol
Ante esta medida de fuerza, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) sancionó a Metropol por el paro de la Costera y otras líneas que miércoles y jueves dejaron de prestar sus servicios habituales.
El organismo del Ministerio de Transporte, realizó actas de sanción por incumplimiento del Artículo 83 del Decreto Nº 1395/1998 que establece los servicios y sus frecuencias de las líneas de jurisdicción nacional.
En tanto, desde la CNRT, se refirieron al marco regulatorio que “especifica que en caso de una violación del régimen diario de frecuencias diurnas y nocturnas en los servicios públicos de transporte urbano de pasajeros, las sanciones podrían ser multas de hasta $556.500”.
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