A través del decreto 125/2021 publicado el fin de semana en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional prorrogó hasta el viernes 12 de marzo el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo) por la pandemia de coronavirus.
“En atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2”, aclara la norma.
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Vale recordar que durante la vigencia del Dispo, las personas deben mantener un distanciamiento mínimo de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.
Además, solo pueden realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones nacionales y restrinja el uso de las superficies cerradas permitiendo como máximo el uso del 50% de su capacidad.
En el aglomerado del AMBA, el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos dedicados a la actividad gastronómica será de un máximo del 30% del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. Asimismo, los ambientes deberán estar adecuadamente ventilados de acuerdo a las exigencias previstas en el correspondiente protocolo para evitar la propagación del coronavirus.
“Las autoridades provinciales y de CABA, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la jurisdicción a su cargo, podrán reglamentar días y horas para la realización de determinadas actividades y establecer requisitos adicionales para su realización” con la finalidad de prevenir la circulación del coronavirus, aclara el documento.
Asimismo, continúa prohibido en todos los ámbitos de trabajo la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas o cualquier otro tipo de actividad que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos metros y sin ventilación adecuada del ambiente. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios.
En cuanto al servicio público de transporte urbano de pasajeros en el aglomerado del AMBA, se recuerda que solo puede ser utilizado por las personas afectadas a las actividades, servicios y situaciones comprendidas en el artículo 11 de la norma o en aquellos supuestos en los cuales expresamente se hubiera autorizado su uso, así como para las personas que deban asistir a la realización de tratamientos médicos y sus acompañantes.
El texto también hace referencia a la reanudación de las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales durante el Dispo. “En todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes”, aclara, y agrega que “la efectiva reanudación en cada jurisdicción será decidida por las autoridades provinciales y de CABA según corresponda, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica, todo ello de conformidad con la normativa vigente”.
Además, detalla que “el personal directivo, docente y no docente y los alumnos y las alumnas -y su acompañante en su caso-, que asistan a clases presenciales y a actividades educativas no escolares presenciales que se hubieran reanudado, quedan exceptuados y exceptuadas de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto”.
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