La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles 20 de noviembre la elaboración, venta y consumo de dos marcas de aceite de oliva por estar debidamente registrados. Conocé cuáles son los productos que no hay que comprar por ser ilegales.
La medida fue tomada a través de las disposiciones 10307/2024 y 10308/2024, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de su titular Nélida Agustina Bisio. Según se detalló en el comunicado, las investigaciones estuvieron a cargo de la Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Respecto al primer producto, las averiguaciones comenzaron debido a varias denuncias recibidas sobre la comercialización de productos prohibidos por Anmat. Tras ello, se realizó una inspección en un establecimiento donde constató la comercialización del producto investigado.
En tanto, la Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos se ocupó de constatar si el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto estaban autorizados. Sin embargo, se tratan de registros inexistentes.
En relación a la otra marca prohibida, las actuaciones comenzaron a partir del reclamo una empresa acerca del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. En este sentido, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL se ocupó de conocer si el RNPA que se exhibe en el rótulo del producto es existente. Sin embargo, no existe.
Al tratarse de productos que no puede ser identificados en forma fehaciente y clara como son producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, la Anmat declaró que se trata de dos marcas ilegales.
Anmat: ¿Cuáles son las marcas de aceite de oliva prohibidas?
Por estos motivos y con el fin de proteger la salud de los futuros adquirientes, los productos no podrá ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados, ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18.284. Ante las numerosas irregularidades, el organismo de control tomó la decisión de prohibir los productos:
- “Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 13964523 – Rnpa: 13831654, Origen de Mendoza”, “Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 132256314 – Rnpa: 13826543. De la marca Campos Barcelona”.
- “Aceite de Oliva extra virgen, Envasado por RNE: 13831654 – RNPA: 025-13964523. De la marca Campos Barcelona”.
- “Aceite de oliva, extra virgen, marca: El Noa, RNE N° 12009018, RNPA N° 12004012, Elaborado y Envasado por M. Bustos S.A en Ruta NAC. 74, Km 1215, La Rioja.”