La Junta Electoral de la Provincia recordó a través de un comunicado que en la medianoche de mañana vencerá el plazo para la presentación de las listas de precandidatos a legisladores provinciales, intendentes, concejales y consejeros escolares de cara a las primarias de agosto.
Cada Junta Electoral partidaria deberá comunicar antes de ese plazo, y por mesa de entradas de la Junta Provincial, las nóminas que hayan merecido observaciones. La oficialización de las listas, según el cronograma electoral dispuesto, recién se conocerá el 13 de julio
El comunicado completo, extraído de la página web:
Con motivo de las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas a realizarse el próximo 14 de agosto de 2011, la H. Junta Electoral recuerda a las fuerzas políticas intervinientes que:
1 ) El plazo de presentación de listas de precandidatos -oficializadas por la Junta Electoral Partidaria- acompañadas de la constancia de carga de avales vence, indefectiblemente, el próximo 2 de julio a las 24 horas. Las mismas serán recibidas en este Organismo en la calle 13 número 34 de la ciudad de La Plata.
2) En la misma fecha caducarán las claves de las líneas internas, por lo tanto, a partir de ese momento solamente podrán utilizarse las otorgadas a las Juntas Electorales Partidarias.
3) Dicha presentación deberá hacerse por los apoderados debidamente acreditados por ante esta Junta Electoral.
4) La documentación a presentar será la que expida el sistema informático de la Junta Electoral de la Provincia para precandidatos y para avales. La documentación restante debe permanecer en resguardo en dependencias de la Junta Electoral Partidaria y a disposición inmediata de la Junta Electoral de la Provincia (Res HJE de 9/6/11).
5) Las Juntas Electorales Partidarias de las asociaciones políticas intervinientes deberán comunicar la nómina de listas que han merecido observaciones, por la Mesa de Entradas de la Junta Electoral sita en el primer piso del Palacio Legislativo en el horario de 8 a 14 horas.(dentro de los plazos establecidos en el art. 3 de la ley 14086).

