El presidente Javier Milei fue denunciado penalmente por presunta incitación a la violencia colectiva contra periodistas, a raíz de sus declaraciones durante una cena de la Fundación Faro realizada el pasado 23 de octubre en el Yacht Club de Puerto Madero. La causa quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 4, a cargo del juez Ariel Lijo, bajo el expediente 5595/2026.
La presentación fue realizada por el Instituto Independencia, representado por su presidenta, Daniela Alejandra Bambill, y la Asociación Civil Centro de Estudios Bonaerense El Ceibo, presidida por Joel Vinicius Sverdlik. Los denunciantes cuentan con el patrocinio de los abogados Eduardo S. Barcesat y Daniel Aníbal Valmaggia.
El planteo judicial se basa en el artículo 212 del Código Penal, que contempla el delito de incitación a la violencia colectiva. Según la denuncia, durante el encuentro Milei mencionó por nombre y apellido a los periodistas Hugo Alconada Mon, Carlos Pagni, Luis Novaresio, Paulino Rodrigues y Natalia Volosin, en referencia a sus publicaciones sobre el caso $LIBRA.
En ese contexto, el mandatario afirmó que “los que se tienen que quemar en la hoguera son los hijos de puta”, en alusión a los periodistas mencionados y a “todos los demás que utilizaron este tema”. Posteriormente, difundió un meme dirigido a los comunicadores.
Los argumentos de la denuncia contra Milei
Los denunciantes sostienen que los dichos presidenciales no pueden analizarse de manera aislada. Entre los argumentos planteados señalan que los destinatarios fueron identificados expresamente, que las declaraciones provinieron de la máxima autoridad del Estado y que se produjeron en un escenario de creciente hostilidad hacia el ejercicio del periodismo.
Para respaldar ese último punto, la presentación incorpora referencias a los registros del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) sobre agresiones y ataques contra trabajadores de prensa.
Además de la figura de incitación a la violencia colectiva, los denunciantes solicitaron que, de manera subsidiaria, se investiguen posibles delitos de intimidación pública (artículo 211 del Código Penal), amenazas (artículo 149 bis) e incitación al odio por motivos políticos, contemplada en el artículo 3 de la ley 23.592.
Qué medidas solicitaron
Entre las medidas requeridas a la Justicia figuran la preservación del registro audiovisual completo del discurso presidencial y la citación de los periodistas mencionados para que puedan aportar su testimonio.
También pidieron que se dispongan medidas de protección a favor de los comunicadores alcanzados por las declaraciones. Por último, las organizaciones denunciantes dejaron planteada su reserva de constituirse como querellantes en la causa.
La causa quedó en manos de Ariel Lijo, un juez que también tuvo un recorrido ligado a una de las principales apuestas institucionales del Gobierno. En 2024, Javier Milei lo propuso para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, junto con Manuel García-Mansilla. Sin embargo, su pliego no consiguió el respaldo necesario en el Senado y fue rechazado por la Cámara alta en mayo de 2025.


