Una trascendental iniciativa impulsada por trabajadoras del sector de la construcción organizadas en la UOCRA La Plata junto a ediles de la capital bonaerense busca transformar de manera radical la estructura laboral del distrito. Las referentes sindicales Cyntia Alamo y Tamara Garcia formalizaron la presentación del proyecto de ordenanza “Nosotras Construimos – Trabajadoras Unidas” en un encuentro con la concejala Josefina Bolis y el bloque Fuerza Patria. La propuesta tiene como eje central fijar un cupo laboral mínimo del 10% para mujeres en los emprendimientos edilicios de todo el municipio.
El proyecto de normativa local estipula que este porcentaje obligatorio se aplique en las obras públicas ejecutadas en el partido, en las empresas contratistas y cooperativas adjudicatarias, y en aquellos proyectos privados que perciban exenciones tributarias, beneficios o subsidios estatales. La iniciativa propone una solución concreta frente a la histórica brecha de género en un rubro masculinizado, garantizando oportunidades de trabajo registrado, condiciones dignas y esquemas continuos de capacitación profesional.

Un respaldo legislativo alineado con normativas bonaerenses
De aprobarse en el Concejo Deliberante, la normativa obligará a las firmas ejecutoras de infraestructura a incorporar al menos a una mujer por cada diez trabajadores masculinos integrados en sus respectivas plantillas operativas. Esta propuesta local acompaña de manera paralela el avance del proyecto legislativo que impulsa la senadora Fernanda Raverta en el Senado bonaerense, el cual ya cuenta con dictamen favorable de comisión en la Legislatura provincial para su posterior debate en el recinto.
Como herramienta medular para simplificar las contrataciones, la propuesta prevé la creación del Registro de Mujeres Trabajadoras de la Construcción de La Plata. Este padrón oficial estará destinado a sistematizar los perfiles de todas las operarias capacitadas en oficios afines que posean domicilio legal en la ciudad, conectando de forma directa la demanda de mano de obra especializada de los emprendimientos locales con la oferta de trabajadoras regionales.

Garantía de paridad en tareas de campo y dirección
Uno de los puntos analizados con mayor firmeza dentro del texto legislativo es la asignación real de funciones. La norma especifica que la cuota del 10% no podrá ser saldada mediante la contratación exclusiva de mujeres en tareas administrativas, de maestranza o complementarias. Por el contrario, la paridad deberá manifestarse activamente en todas las etapas del proceso constructivo, integrando los frentes de trabajo de campo, tareas técnicas, de supervisión y de conducción general de obra.
Para delimitar con precisión las especialidades abarcadas, la ordenanza toma las referencias fijadas por el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 de la UOCRA. Entre los oficios detallados explícitamente se encuentran albañilas, electricistas, cañistas, aisladoras, montajistas, soldadoras y técnicas en seguridad e higiene. Asimismo, el porcentaje alcanzará las distintas categorías de oficial especializado, oficial y medio oficial, impidiendo que se encubran asignaciones sesgadas o discriminatorias por motivos de género.
Mecanismos de selección directa y control en el terreno
Respecto a la metodología de contratación de personal, la ordenanza concede libertad a las empresas para seleccionar en primera instancia a la nómina femenina que requieran para cubrir el cupo obligatorio. No obstante, si se detectaran vacantes sin saldar, la firma responsable tendrá el deber de acudir a la Bolsa de Empleo del gremio de la UOCRA o recurrir directamente al nuevo Registro de Mujeres Trabajadoras de la Construcción local para completar las vacantes requeridas.

A fin de asegurar la efectividad de la política de género, las contratistas deberán presentar con carácter de declaración jurada el listado completo de los obreros afectados a cada emprendimiento, indicando datos personales, categorías profesionales e inserción concreta en la obra. En tanto, las autoridades municipales realizarán inspecciones periódicas e in situ para constatar la presencia física de las trabajadoras, mientras que la representación sindical mantendrá la potestad de auditar y denunciar cualquier anomalía.
Esquema de sanciones y programas de formación continua
El incumplimiento no justificado de las obligaciones dispuestas por el cupo femenino dará lugar a severas sanciones. La ordenanza prevé la aplicación estricta de las penalidades administrativas fijadas en la Ley 6.021 de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires. La gradación e imposición de las multas quedará bajo la órbita de la autoridad municipal de aplicación, la cual fiscalizará de forma permanente el acatamiento normativo en todas las ejecuciones edilicias de la capital provincial.
En paralelo a las exigencias operativas, la normativa promueve un abordaje pedagógico destinado a fortalecer la idoneidad laboral de las postulantes. El Municipio impulsará programas intensivos de formación técnica en aquellos nichos u oficios donde se advierta escasez de perfiles calificados. Para concretar este objetivo, el Poder Ejecutivo local firmará convenios de cooperación con centros de formación profesional, sindicatos, casas de altos estudios y organizaciones no gubernamentales para profundizar la capacitación técnica de las trabajadoras platenses.


