La Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina (CECAITRA) realizó una nueva presentación judicial en la que acusa a Leandro Camani de desplegar un “modus operandi reiterado” basado en la extorsión, la presión indebida y la ejecución de campañas de desprestigio contra quienes no acceden a sus demandas.
El escrito lleva la firma de la abogada Claudia Balbín y fue incorporado en el marco de la causa caratulada “Quatrocci Mario s/ Fraude en perjuicio de la administración pública”. Según se desprende de la presentación, el objetivo central es “evitar que el proceso penal sea utilizado como una herramienta de presión, amedrentamiento o extorsión”, una conducta que —se sostiene— “surge reiteradamente en otros procesos de público conocimiento” vinculados al mismo denunciante.
En el texto se remarca que es “público y notorio” que Camani se encuentra desde hace años directamente vinculado a los sistemas de fotomultas y cinemómetros en la provincia de Buenos Aires, y se pone el foco en los mecanismos a través de los cuales se obtienen las habilitaciones necesarias para su funcionamiento.
En ese sentido, la presentación señala que la instalación y continuidad operativa de estos dispositivos se apoya, en numerosos casos, en convenios y avales técnicos cuestionados. Particularmente, se menciona el rol de universidades bonaerenses que emiten informes favorables aun cuando los cinemómetros presentan observaciones relevantes en materia de confiabilidad, regularidad y adecuación a la normativa vigente, lo que habría generado objeciones tanto administrativas como judiciales.

El patrón que, según CECAITRA, Camani repite una y otra vez
En ese contexto, CECAITRA denuncia la existencia de un “patrón reiterado” de prácticas extorsivas. De acuerdo al escrito, “lo verdaderamente relevante para el presente proceso es que el denunciante Leandro Camani mantiene desde hace años un patrón de comportamiento uniforme”, que consistiría en promover denuncias penales y mediáticas contra terceros, formular acusaciones de extrema gravedad que luego resultan desacreditadas o severamente cuestionadas, y utilizar esas denuncias como mecanismo de presión para obtener beneficios económicos, comerciales o políticos por vías que no serían lícitas.
La presentación aclara que esta caracterización no surge de una apreciación subjetiva, sino que fue descripta en investigaciones periodísticas y en otros procesos judiciales, donde distintas personas relataron conductas compatibles con extorsión, presión indebida y un uso instrumental del sistema penal.
Entre los antecedentes mencionados figura el testimonio del periodista Claudio Ponce de León, quien declaró ante la Justicia sobre presiones ilegítimas y prácticas extorsivas en el ámbito del partido de Pilar. A ello se suma —según el escrito— un hecho de “extraordinaria gravedad institucional”: la reciente denuncia del presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, contra Camani por el delito de extorsión, en la que se describe un esquema “prácticamente idéntico” al denunciado en esta causa.
Para CECAITRA, las similitudes entre ambos casos no son casuales, sino que permiten advertir la existencia de un patrón conductual reiterado, sistemático y funcional a intereses económicos concretos.
Finalmente, el escrito sostiene que el accionar atribuido a Camani en esta investigación aparece orientado a perjudicar institucional, económica y penalmente a la cámara empresaria, afectar su imagen pública y su normal desenvolvimiento, desplazar competidores del mercado de la tecnología vial y de los sistemas de control de tránsito, y concentrar la totalidad del sistema de fotomultas mediante un esquema de denuncias y presiones que —según se afirma— ya fue intentado en otros ámbitos.


