El Ministerio de Trabajo nacional estableció a través de una resolución, que quienes hayan abonado el bono de fin de año por 24 mil pesos a sus empleadas domésticas, podrán reclamar el reintegro de hasta el 50 por ciento del mismo. ¿Quiénes y cómo?
Según la resolución 1691/2022, alcanza a quienes no tributen el impuesto a las ganancias y deberán manifestar, bajo declaración jurada, el monto total abonado a la trabajadora o al trabajador en concepto del bono.
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Además deberán presentar el recibo de sueldo de diciembre de 2022 con la inclusión del pago del bono y la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente CBU.
Para acceder a este reintegro, los empleadores deben cumplir una serie de condiciones, entre ellas:
- No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría “c” o superior o en el régimen de trabajo autónomo
- No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)
- Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no superior a $8.383.920
- No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigúiedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.
Cómo solicitar el reintegro del bono
Según informó el Ministerio de Trabajo, la inscripción para solicitar el reintegro se realizará entre el 16 y el 23 de Enero de 2023, ingresando a la opción “Solicitud de reintegro — Decreto 841/22” en el Portal de casas particulares del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En tanto, alertaron que se va a desestimar el pedido ante “la falsedad de datos y/o información declarada y presentada para la obtención del beneficio” y el “incumplimientos de las obligaciones laborales, sociales y previsionales a su cargo, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa legal vigente”.
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