Desde el Gobierno nacional promulgaron hoy, vía Boletín Oficial, la Ley de Alivio Fiscal “para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19″. Hace dos semanas , la misma fue aprobada por unanimidad en el Congreso de la Nación y contó con el aval del oficialismo y de la mayoría de la oposición.
La iniciativa que presentó el presidente de la Cámara Baja, Sergio Massa, busca condonar las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro, como bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes).
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Entre los puntos principales del alivio fiscal del Gobierno, la Ley 27.653 comprende deudas vencidas hasta agosto pasado, por un monto total inferior a $100.000 y fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a dicha suma para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054.
A su vez, alcanza a toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.
En otro de sus artículos, la Ley de Alivio Fiscal condona deudas de micro, pequeñas y medianas empresas y contribuyentes de Ganancias e IVA que deban menos de 100.000 pesos.
Más detalles
A todo lo mencionado, incluye al capital adeudado, intereses resarcitorios, punitorios, multas y demás sanciones, pero no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
En este último caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.
Por su parte, la norma amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, al tiempo que se incluyen las deudas al 31 de agosto de 2021.
Según se había estimado al momento de su sanción, la iniciativa dará la posibilidad de levantar la moratoria caída a 105.901 contribuyentes. Alcanza, además, a 6.727 entidades que quedaran con la cuenta fiscal en cero.
En tanto, condona las deudas de más de 1.035.000 mipymes, contribuyentes de ganancias e IVA y monotributistas pero que deban menos de $100.000 y brinda una nueva oportunidad para regularizar deudas en la salida de la pandemia a 544.676 contribuyentes mipymes monotributistas.
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