La Justicia de La Plata puso la mira en el “phishing“, que consiste en un método para estafar a las personas suplantando la identidad, y en un fallo ejemplificador, la Cámara II en lo Civil y Comercial se expidió favorablemente sobre el caso de una docente jubilada que fue engañada por ciberdelincuentes.
Esta vez, la Justicia entendió que, aunque la mujer de 65 años, oriunda de Quilmes, brindó voluntariamente sus claves bancarias a los estafadores, ese hecho no exime a la entidad financiera en su responsabilidad, debido a la falta de actualización que posee en relación a las medidas de seguridad tendientes a evitar el delito.
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Sobre esta cuestión, el abogado de la jubilada, Marcelo Szelagowski, indicó a INFOCIELO: “Al principio, todos los bancos tuvieron una política confrontativa. Sin embargo, aquellos que hicieron inversiones en materia de seguridad, como Banco Galicia o Banco Francés, principalmente, fueron modificando sus actitudes y aceptando los reclamos”.
Y puntualmente, sobre este caso, el letrado explicó: “La Cámara II dijo ‘no importa que el cliente haya brindado sus claves voluntariamente’, porque en eso consiste el ardid o engaño. Aquí, lo que importa es que las medidas de seguridad del Banco Provincia son insuficientes. Por lo tanto, eso no lo exime de responsabilidad”.
“Llevo adelante más de cien causas y no han ganado una sola medida cautelar. Gracias al hecho de ir apelando, la Cámara Civil de La Plata ha afinado sus criterios al punto tal, que hemos llegado a un fallo como el de este caso”, subrayó Szelagowski.
El hecho y el recorrido judicial
En agosto de 2020, la víctima recibió un llamado telefónico de una persona que se hizo pasar por un empleado del Banco Provincia convenciéndola de brindarle su usuario y contraseña de homebanking, bajo la excusa de que era necesario actualizar las claves.
Días después, la mujer corroboró que le habían desaparecido alrededor de nueve mil pesos y que, en su nombre, habían solicitado un préstamo por 264 mil pesos, que, instantáneamente, desviaron hacia otras cuentas desconocidas para ella.
A casi dos años de aquel hecho, el Juzgado en lo Civil y Comercial Número 16 de La Plata hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por la defensa de la damnificada para que el banco dejara de cobrar hasta que no hubiera una sentencia de fondo.
El Banco Provincia, ante la Cámara II en lo Civil y Comercial de La Plata, apeló y señaló que “de ninguna manera incumplió la normativa y las exigencias del Banco Central en materia de seguridad informática”.
Además, recordaron las numerosas campañas de marketing para alertar a sus clientes sobre el phishing (suplantación de identidad).
Aún así, la Justicia falló a favor de la clienta y alentó a todas las instituciones bancarias a reforzar los protocolos de seguridad.
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