La Justicia de Pergamino condenó a un hombre a indemnizar con más de 12 millones de pesos a su expareja por los daños ocasionados en un contexto de violencia de género. Además, deberá afrontar los costos de su tratamiento psicológico y psiquiátrico.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Pergamino y se convirtió en un nuevo antecedente dentro de la Justicia bonaerense en materia de reparación económica para víctimas de violencia de género.
La demanda fue presentada por una mujer que mantuvo una relación de pareja con el demandado entre 2019 y 2021. Según quedó acreditado durante el proceso judicial, la ruptura se produjo luego de un episodio de violencia que tuvo consecuencias físicas, emocionales y laborales para la víctima.
El episodio de violencia que originó la demanda
De acuerdo con la reconstrucción realizada por el tribunal, durante una discusión el hombre sujetó con fuerza a la mujer, la empujó contra un placard, le quitó el teléfono celular y posteriormente la dejó fuera de la vivienda durante toda la noche.
La resolución judicial también consideró probado que al día siguiente el demandado expulsó a la mujer del domicilio y arrojó sus pertenencias por encima de una reja.
Para llegar a esa conclusión, la jueza valoró informes médicos, pericias psicológicas, testimonios y la declaración de la propia víctima, aplicando los criterios previstos en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
El criterio que podría marcar un precedente
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es el criterio jurídico utilizado para analizar el caso. La magistrada sostuvo que no es necesario acreditar una conducta reiterada o años de maltrato para reconocer una reparación económica.
En ese sentido, el fallo remarcó que “la existencia de un solo episodio de violencia, aun de baja intensidad, justifica la reparación del daño causado”, una definición que podría convertirse en un antecedente importante para futuros litigios vinculados a violencia de género.
La jueza entendió que, más allá de la cantidad de episodios, lo determinante es la existencia de un daño concreto y la posibilidad de probar el nexo entre ese daño y la conducta violenta.
Más de 12 millones de pesos de indemnización
La condena económica asciende a 12.161.000 pesos, distribuidos en distintos conceptos indemnizatorios.
Por un lado, la Justicia reconoció 8 millones de pesos por daño moral. A esa cifra se sumaron 4.161.000 pesos por pérdida de ingresos laborales.
Además, el demandado deberá hacerse cargo de la totalidad del tratamiento psicológico y psiquiátrico que requiera la víctima, junto con los intereses correspondientes.
Según surge de la sentencia, la mujer trabajaba como mecánica dental y logró demostrar que las secuelas derivadas de los hechos afectaron su desempeño profesional, provocando una disminución de ingresos y la pérdida de clientes.
Un antecedente para la Justicia bonaerense
La resolución se inscribe en una tendencia cada vez más visible dentro de los tribunales argentinos, donde las acciones civiles comienzan a utilizarse con mayor frecuencia para reparar económicamente los daños ocasionados por situaciones de violencia de género.
Más allá del monto de la condena, el aspecto central del fallo radica en el mensaje jurídico que deja. La sentencia refuerza la idea de que una víctima puede obtener una reparación económica cuando logra demostrar las consecuencias de un hecho de violencia, incluso si se trata de un único episodio.
De esta manera, la decisión de la Justicia de Pergamino suma un antecedente más en la provincia de Buenos Aires y aporta un criterio que podría influir en futuros casos similares, también en otras jurisdicciones.

