A partir de abril se aplicará un aumento del 10% para empleadas domésticas dentro del régimen de trabajo en casas particulares, lo que completa el tercer aumento del 28% fijado en 2020.
El primer aumento de la escala se dio en diciembre del 2020 y fue del 10%, en febrero se dio el segundo del 8% y con el 10% a partir de abril se alcanzará el 28% previsto para 2021.
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El próximo incremento de abril es de aplicación inmediata para quienes pagan en forma semanal, por lo que corresponde a los pagos que se realicen en ese mes. En tanto, los empleadores que pagan en forma mensual tendrán que aplicar el último ajuste a partir de mayo.
Según el listado publicado por la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), la escala salarial para empleadas domésticas quedará con el siguiente aumento, que dependen de la categoría, modalidad y horas trabajadas:
Supervisor/a
Es la persona encargada de la coordinación y control de las tareas que realizan quienes están a su cargo.
– Hora con retiro: $223,50
– Hora sin retiro: $244,50
– Mensual con retiro: $27.928
– Mensual sin retiro: $31.108,50
Personal doméstico para tareas específicas
Es el personal contratado para realizar tareas puntuales y que posee el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
– Hora con retiro: $ 211,50
– Hora sin retiro: $ 232,00
– Mensual con retiro: $ 25.946,50
– Mensual sin retiro: $ 28.883,00
Caseros/as
Incluye a las personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que a su vez viven en la misma.
– Hora: $ 183,50
– Mensual: $ 23.337,00
Asistencia y cuidado de personas
Se trata del personal que realiza la asistencia y cuidado de otras personas, pero que no llevan a cabo un tratamiento terapéutico.
– Hora con retiro: $ 183,50
– Hora sin retiro: $ 206,00
– Mensual con retiro: $ 23.337,00
– Mensual sin retiro: $ 26.007,00
Personal para tareas generales
Son las personas que llevan a cabo las tareas generales del hogar, como la limpieza, lavado de ropa y planchado.
– Hora con retiro: $ 171,00
– Hora sin retiro: $ 183,50
– Mensual con retiro: $ 20.987,00
– Mensual sin retiro: $ 23.337,00
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 28% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
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