El anteproyecto de “Ley de Libertad Educativa” presentado por el Gobierno del presidente Milei no es una reforma técnica ni un reordenamiento administrativo. Es una propuesta que, si avanzara, redefiniría el contrato social educativo en la Argentina. Y como todo cambio de contrato, no distribuye efectos de manera neutra: redistribuye responsabilidades, poder y riesgos.
La pregunta, entonces, no es si la ley “suena bien”. La pregunta es qué mundo educativo produce.
Del Estado que sostiene a la libertad que elige
La Ley de Educación Nacional vigente (26.206) se construyó sobre una idea fuerte: la educación es un derecho personal y social, y el Estado tiene una responsabilidad principal e indelegable en garantizarlo. No como gesto declamativo, sino como obligación política y material.
El anteproyecto propone un giro de 180° al poner en el centro la libertad educativa, el derecho preferente de las familias a elegir y orientar la educación de sus hijos, y un Estado que actúa bajo un principio de subsidiariedad. El Estado garantiza mínimos, protege la libertad, pero busca no sustituir responsabilidades familiares ni iniciativas sociales.
Este cambio no es semántico. Es estructural.
Cuando el Estado deja de ser el organizador central del sistema y pasa a ser un garante de mínimos, cambia la pregunta de fondo: ya no se trata solo de qué debe proveer, sino de quién puede elegir, entre qué opciones y con qué condiciones reales.
Porque la libertad, en educación, no se ejerce en abstracto. Se ejerce desde un barrio, desde el ingreso familiar, desde una red o desde su ausencia.
Financiar la elección: ¿empoderamiento o segmentación?
Uno de los núcleos más sensibles del anteproyecto es la habilitación de instrumentos de financiamiento por demanda: vales, bonos, becas, créditos fiscales u otros mecanismos para que el recurso acompañe la elección de las familias.Hay quienes ven en esto una herramienta de empoderamiento y eficiencia. Hay quienes advierten el riesgo de fragmentar el sistema en circuitos educativos cada vez más separados.
Ambas lecturas conviven. Y el problema no está en la palabra “vale” o “bono”, sino en la ingeniería concreta ¿qué pasa cuando el derecho depende de la capacidad familiar de informarse, gestionar trámites y sostener elecciones? ¿qué sucede con las escuelas que concentran problemas cuando el financiamiento sigue a quienes pueden irse?. Si el dinero deja de sostener un sistema común y empieza a seguir trayectorias individuales, el riesgo no es menor: el derecho puede transformarse en un bien gestionable, más accesible para quienes ya tienen capital social y cultural.
Autonomía escolar: potencia o soledad institucional
El anteproyecto impulsa una autonomía escolar fuerte, incluso en la escuela estatal: más margen para definir proyectos, reglamentos, organización interna y gobierno institucional. En esa línea, refuerza el rol directivo y formaliza la participación de las familias a través de Consejos de Padres.
La autonomía puede ser una enorme oportunidad. Desplazar decisiones hacia la escuela puede acercar política y pedagogía, reducir burocracia inútil y habilitar innovación. Pero la autonomía también puede convertirse en soledad institucional si no viene acompañada de recursos, formación y un piso común garantizado. Decirle “sé autónoma” a una escuela con infraestructura precaria, equipos inestables y comunidad agotada no es empoderar, es trasladar responsabilidades sin redistribuir poder real.
Transparencia, evaluación y el riesgo del ranking
Otro giro central es la publicación de resultados educativos desagregados por escuela y la creación de un examen nacional al final del secundario (ENES). La lógica es clara: más información para las familias, más transparencia, más capacidad de elección.
Aquí aparece un nuevo clivaje: transparencia versus estigmatización. Publicar datos puede iluminar desigualdades y orientar políticas. Pero sin contexto -condiciones materiales, composición social, recursos disponibles- los números también pueden mentir. O peor: pueden ordenar jerarquías escolares que naturalicen desigualdades sociales como si fueran diferencias de mérito institucional. La pregunta no es si evaluar o no. La pregunta es para qué y para quién se evalúa, y qué hace el Estado con esa información: ¿acompaña y fortalece, o clasifica y abandona?
Educación como servicio esencial y conflicto social
La declaración de la educación básica como servicio esencial introduce otra tensión de fondo: la relación entre el derecho a la educación y los derechos laborales docentes. Garantizar continuidad es un objetivo legítimo. Pero redefinir el conflicto sin discutir cómo se mejoran las condiciones estructurales de la enseñanza puede transformar un problema complejo en una solución unilateral.
Nuevos clivajes, nuevas preguntas
Si este anteproyecto avanzara, el debate educativo argentino ya no se ordenaría solo entre “público y privado” o “Estado y mercado”. Aparecerían otros clivajes más finos e incómodos: “Libertad vs. igualdad real”, “Autonomía vs. abandono institucional”, “Transparencia vs. Estigmatización”, “Elección individual vs. sistema común”, “Estado garante vs. Estado árbitro”.
No se trata de negar la necesidad de cambios. Se trata de entender qué problema intenta resolver esta ley y qué problemas nuevos puede crear. Porque en educación, las palabras importan. Pero importan más las condiciones.
Y ninguna libertad educativa es tal si el derecho a aprender depende del lugar donde naciste, del tiempo que tenés o de la red que te sostiene.
La discusión recién empieza. Y merece algo mejor que consignas: merece pensamiento político y pedagógico, memoria institucional y una pregunta que no podemos esquivar: ¿qué tipo de igualdad estamos dispuestos a garantizar cuando hablamos de libertad?

