La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la venta libre de 10 ingredientes farmacéuticos activos a partir de mañana. Según el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, explicó que la medida apunta a bajar los precios y dar más opciones de medicamentos, pero en provincia de Buenos Aires tienen otra mirada. Hablan de “falsa libertad”.
Quien salió al cruce de la iniciativa fue Nicolás Kreplak, el ministro de Salud bonaerense. Tras calificar como “rotundo fracaso” a la actual campaña de vacunación, el funcionario de Kicillof dijo que esta desregulación de la ANMAT es “otro capítulo de la falsa libertad de Milei“.
“El gobierno nacional autorizó la venta libre de 10 medicamentos. Lo que no te cuentan es que automáticamente estos medicamentos dejan de tener todo tipo de cobertura y pierden los descuentos en farmacias. Sigue aumentando el gasto de bolsillo“, explicó a través de redes sociales.

Para Kreplak “ya no hay dudas” en que el gobierno nacional “está en contra de la salud del pueblo”. Sin embargo, Lugones celebró la iniciativa diciendo que “más medicamentos pasan a venta libre para que los pacientes tengan más opciones”. Según él, esto permite “ampliar las opciones, favorecer la competencia y facilitar el acceso a medicamentos seguros y eficaces para afecciones de baja complejidad”.
Los medicamentos que pasan a ser de venta libre por decisión de la ANMAT
- TRIMEBUTINA MALEATO como monodroga, clasificación ATC: A03AA05, en la concentración de 100 mg, en la forma farmacéutica administrada por vía oral sólida en comprimidos y/o cápsulas.
- LEVOCETIRIZINA DICLOROHIDRATO como monodroga, clasificación ATC: R06AE09, en las concentraciones de 5 mg y 5 mg/ml, en las formas farmacéuticas administradas por vía oral sólida en comprimidos, y/o cápsulas, y líquidas en solución oral.
- FEXOFENADINA CLORHIDRATO como monodroga, clasificación ATC R06AX26, en las concentraciones de 60 mg, 120 mg, y 6 mg/ml, en las formas farmacéuticas administradas por vía oral sólida en comprimidos y/o cápsulas, y líquidas en solución oral.
- DIMENHIDRINATO como monodroga, clasificación ATC R06AA11, en la concentración de 50 mg, en la forma farmacéutica administrada por vía oral sólida en comprimidos y/o cápsulas.
- NAFAZOLINA CLORHIDRATO + FENIRAMINA MALEATO como asociación, clasificación ATC S01GA51, en la concentración de Nafazolina de 0,025 G/100 ml y Feniramina de 0,3 G/ 100 ml, administradas por instilación ocular en la forma farmacéutica de solución oftálmica estéril.
- OLOPATADINA CLORHIDRATO como monodroga clasificación ATC S01GX09, en las concentraciones de 0,1 G/100 ml y 0,2 G/100 ml, administradas por instilación ocular en la forma farmacéutica de solución oftálmica estéril.
- CARBOXIMETILCISTEÍNA como monodroga, clasificación ATC: R05CB03, en la concentración de 5 G/100 ml, en la forma farmacéutica administrada por vía oral líquida en jarabe y/o solución oral.
- CLORURO DE ALUMINIO HEXAHIDRATADO como monodroga, clasificación ATC D10AX01, en la concentración de 20 G/100 ml, en la forma farmacéutica administrada por vía tópica en loción.
- CARBONATO DE CALCIO + TINTURA DE ÁRNICA MONTANA + NITRATO DE PLATA como asociación, clasificación ATC A01AB11, en la concentración de Carbonato de calcio 0,1 mg/100 G, Tintura de Árnica Montana 1 ml/100 G y Nitrato de Plata 10 mg/100 G, en la forma farmacéutica administrada tanto por vía tópica como oral de polvo oral /tópico.
- IVERMECTINA como monodroga, clasificación ATC D11AX22, en la concentración de 0,5 g/100 g, en las formas farmacéuticas administradas por vía tópica en loción.

