El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) creó una nueva categoría para habilitar la exportación directa de lana de oveja sin ningún proceso industrial ni valor agregado de por medio. Desde la administración libertaria sostienen que no hay riesgos sanitarios y que la medida busca “fortalecer la competitividad del sector ovino”. Cómo se implementa.
De acuerdo a la Resolución 44/26 firmada por María Beatriz Giraudo Gaviglio, los establecimientos rurales que acopian su propia lana sucia (extraída durante la esquila anual) podrán categorizarse como Barraca de Campo. Hasta ahora, los productores ovinos debían trasladar (o vender) el producto a barracas o industrias (autorizadas por el SENASA) para su acopio o industrialización.
La principal novedad de este cambio normativo es que los productores ovinos van a poder exportar directamente la lana sucia. Desde el SENASA hablaron de “un paso importante para el desarrollo del sector lanero” ya que va a tener “mayor flexibilidad comercial y promover la apertura de nuevas oportunidades de exportación”.
Los productores que quieran aprovechar esta posibilidad deberán inscribir su establecimiento en el sistema único de registros del SENASA (SUR) y utilizar los DTe (documentos de tránsito de animales) para eventuales movimientos de lana sucia hacia puestos de frontera.

