La Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata, frenó hoy el aumento de las tarifas de aguas para los usuarios de esta Capital bonaerense, al ordenarle a
Aguas Bonaerenses, la empresa estatal que brinda el servicio de distribución que se “
abstenga” de aplicar el nuevo régimen tarifario.
La resolución, firmada por el Juez en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, Luis Arias, frenó así –mediante una medida cautelar- el “tarifazo” aplicado a principios de año, luego de que un grupo de vecinos se presentara a objetar judicialmente las subas que en algunos casos oscilan entre 300 y 500 por ciento.
En su presentación, los denunciantes no sólo cuestionaron el aumento “excesivo” de la facturación, sino además los exorbitantes “intereses por mora” que preveía el nuevo cuadro tarifario, llegaba –según denunciaron- “hasta el 800 por ciento”.
En su fallo, el Juez Arias consideró que con la nueva tarifa, “se advierte una lesión a los derechos de usuarios del Servicio Público de agua potable y desagües cloacales que se ven afectados por la aplicación de una tarifa transitoria que produjo un resultado exorbitante y desproporcionado, con relación al período anterior de facturación”.
Según el magistrado, “previo a la entrada en vigencia de un nuevo régimen tarifario para un servicio público esencial y monopólico como el de autos se requiere, insoslayablemente, la realización de una audiencia pública que permita el conocimiento e información adecuada por parte de los usuarios afectados, de modo de conocer si la tarifa propuesta por el concesionario es justa y razonable, y en su caso, poder ejercer las reclamaciones administrativas o judiciales pertinentes”.
“La aprobación del nuevo régimen tarifario propuesto unilateralmente por la prestataria del servicio ante el organismo de control, sin la debida participación de los usuarios afectados, vulnera el derecho a una información adecuada y veraz al tiempo que restringe las posibilidades de éxito en un eventual reclamo administrativo o judicial”, sostuvo Arias en su fallo, según publicó el sitio info7días.
Por todo ello, el juez hace “lugar a la medida cautelar solicitada, suspendiendo los efectos del Decreto 3.144/08, y en consecuencia ordenar a Aguas Bonaerenses S.A. a que se abstenga de aplicar a los usuarios del servicio público de provisión de agua potable y desagües cloacales del Partido de La Plata el régimen tarifario contemplado en dicha norma, debiendo aplicar el régimen tarifario vigente con anterioridad”.